nic 39
Norma Internacional de Contabilidad nº 39 (NIC 39)
Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 39 (revisada en 2000) Instrumentos financieros: Reconocimiento y
valoración, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se permite su
aplicación anticipada.
NIC 39
Norma Internacional deContabilidad nº 39 (NIC 39)
Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración
Objetivo
1.
El objetivo de esta Norma consiste en establecer los principios para el reconocimiento y valoración de los
activos financieros, los pasivos financieros y de algunos contratos de compra o venta de elementos no
financieros. Las disposiciones para la presentación de información sobre los instrumentosfinancieros
figuran en la NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación. Las disposiciones relativas a la información
a revelar sobre instrumentos financieros están en la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a
revelar.
Alcance
2.
Esta Norma se aplicará por todas las entidades, y a toda clase de instrumentos financieros, excepto:
(a) Las participaciones en entidades dependientes,asociadas y negocios conjuntos, que se
contabilicen según establecen la NIC 27 Estados financieros consolidados y separados, la NIC
28 Inversiones en entidades asociadas, y la NIC 31 Participaciones en negocios conjuntos. No
obstante, las entidades aplicarán lo dispuesto en esta Norma a las participaciones en
dependientes, asociadas o negocios conjuntos que, de acuerdo con las NIC 27, 28 ó 31,se deban
contabilizar de acuerdo con esta Norma. Las entidades aplicarán esta Norma a los derivados
sobre participaciones en dependientes, asociadas o negocios conjuntos, a menos que el derivado
cumpla la definición de instrumento de patrimonio de la entidad, recogida en la NIC 32.
(b) Derechos y obligaciones surgidos de los contratos de arrendamiento, en los que sea de
aplicación la NIC 17Arrendamientos. Sin embargo:
(i)
(ii)
las partidas a pagar en un arrendamiento financiero, reconocidas por el
arrendatario, estarán sujetas a los requerimientos sobre baja en cuentas contenidos
en esta Norma (véanse los párrafos 39 a 42 de la Norma y párrafos GA57 a GA63
del Apéndice A); y
(iii)
(c)
las partidas a cobrar, derivadas del arrendamiento y reconocidas por elarrendador,
estarán sujetas a los requisitos de baja en cuentas y deterioro del valor de los activos
fijados en esta Norma (véanse los párrafos 15 a 37, 58, 59, 63 a 65 de la Norma y
los párrafos GA 36 a GA 52 y GA 84 a GA93 del Apéndice A);
los derivados implícitos en un arrendamiento estarán sujetos a los requerimientos
sobre derivados implícitos contenidos en esta Norma (véanse los párrafos 10 a13 de
la Norma y los párrafos GA27 a GA33 del Apéndice A).
Derechos y obligaciones de los empleadores derivados de planes de prestaciones, a los que se
aplique la NIC 19 Retribuciones a los empleados.
(d) Instrumentos financieros, emitidos por la entidad, que cumplan la definición de instrumento de
patrimonio recogida en la NIC 32 [incluyendo las opciones y los certificados de opción parasuscribir títulos (warrants)]. No obstante, el tenedor de dicho instrumento de patrimonio
aplicará esta Norma a los mismos, salvo que cumplan la excepción mencionada en el apartado
(a) anterior.
(e) Derechos y obligaciones procedentes de (i) un contrato de seguro, tal como se define en la NIIF
4 Contratos de seguro, que sean diferentes de los derechos y obligaciones de un emisor
procedentesde los contratos de seguros que cumplan la definición de contrato de garantía
financiera que figura en el párrafo 9, o (ii) un contrato que esté dentro del alcance de la NIIF
4 porque contenga una cláusula de participación discrecional. No obstante, esta Norma será de
aplicación a los derivados implícitos en un contrato que esté dentro del alcance de la NIIF 4,
siempre que dichos derivados...
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