NIC 40
Norma Internacional de Contabilidad 40
Propiedades de Inversión
Objetivo
1
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las propiedades de
inversión y las exigencias de revelación de información correspondientes.
Alcance
2
Esta Norma será aplicable en el reconocimiento, medición y revelación de
información de las propiedades de inversión.
3Entre otras cosas, esta Norma será aplicable para la medición, en los estados
financieros de un arrendatario, de los derechos sobre una propiedad de inversión
mantenida en arrendamiento y que se contabilice como un arrendamiento financiero y
también se aplicará para la medición en los estados financieros de un arrendador, de
las propiedades de inversión arrendadas en régimen de arrendamientooperativo. Esta
Norma no trata los problemas cubiertos en la NIC 17 Arrendamientos, entre los que se
incluyen los siguientes:
(a)
(b)
el reconocimiento de las rentas por arrendamiento de propiedades de inversión
(ver también la NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias);
(c)
la medición, en los estados financieros del arrendatario, de los derechos sobre
propiedades mantenidas enarrendamiento operativo;
(d)
la medición, en los estados financieros del arrendador, de su inversión neta en un
arrendamiento financiero;
(e)
la contabilización de las transacciones de venta con arrendamiento posterior; y
(f)
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la clasificación de los arrendamientos como arrendamientos financieros u
operativos;
la información a revelar sobre arrendamientos financieros yoperativos.
Esta Norma no será de aplicación a:
(a)
los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola (véase la NIC 41
Agricultura); y
(b)
los derechos mineros y reservas minerales tales como petróleo, gas natural y
recursos no renovables similares.
Definiciones
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Los términos siguientes se usan, en esta Norma, con los significados que a
continuación se especifican:Importe en libros es el importe por el que un activo se reconoce en el estado de
situación financiera.
Costo es el importe de efectivo o equivalentes al efectivo pagados, o bien el valor
razonable de la contraprestación entregada, para adquirir un activo en el
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NIC 40
momento de su adquisición o construcción o, cuando fuere aplicable, el importe
que se atribuye aese activo cuando se lo reconoce inicialmente de acuerdo con los
requerimientos específicos de otros NIIF, por ejemplo la NIIF 2 Pagos Basados
en Acciones.
Valor razonable es el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría
por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de
mercado en la fecha de la medición. (Véase la NIIF 13 Medición del ValorRazonable.)
Propiedades de inversión son propiedades (terrenos o edificios, considerados en su
totalidad o en parte, o ambos) que se tienen (por parte del dueño o por parte del
arrendatario que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener
rentas, apreciación del capital o ambas, en lugar de para:
(a)
su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para finesadministrativos; o
(b)
su venta en el curso ordinario de las operaciones.
Propiedades ocupadas por el dueño son las propiedades que se tienen (por parte
del dueño o por parte del arrendatario que haya acordado un arrendamiento
financiero) para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien
para fines administrativos.
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El derecho sobre una propiedad que el arrendatariomantenga en régimen de
arrendamiento operativo, se podrá clasificar y contabilizar como una propiedad
de inversión si, y sólo si, el elemento cumpliese, en su caso, la definición de
propiedades de inversión, y el arrendatario emplease el modelo del valor
razonable, establecido en los párrafos 33 a 55, para los activos reconocidos. Esta
clasificación alternativa estará disponible para cada...
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