Nif C-2
48.1 Norma general
48.1.1 Una ganancia o pérdida relativa a una inversión en un instrumento financiero negociable
que no sea parte de una relación de cobertura debe reconocerse en resultados a menos de
que la inversión en un instrumento financiero sea una inversión en un instrumento
financiero de capital del cual la entidad ha elegido que susganancias y pérdidas sean
NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA 2011 – ABRIL 2011
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presentadas en OPI, tal como se señala en el párrafo 48.2.1.
48.1.2 Una ganancia o pérdida sobre inversiones en instrumentos financieros negociables que
sean reconocidos utilizando la fecha de liquidación, deben reconocer el cambio en valor
entre la fecha de transacción y de liquidación enresultados.
48.2 Opción de valuación de inversiones en instrumentos de capital
48.2.1 Una entidad puede presentar en OPI los cambios posteriores en el valor razonable de una
inversión en un instrumento financiero de capital que se conserve por un plazo indefinido
(sin que exista control ni influencia significativa) y no para negociación, si toma la decisión
irrevocable de hacerlo así al momento delreconocimiento inicial. Esta elección debe
hacerse instrumento por instrumento. Los montos que se presenten en OPI deben ser
transferidos a resultados al vender la inversión.
48.2.2 En tal caso, deben reconocerse en resultados los dividendos de dicha inversión cuando
éstos se decretan, excepto cuando los dividendos representan claramente una
recuperación del costo de la inversión, que debenacreditarse al mismo.
48.2.3 De acuerdo con la NIF B-15, Conversión de monedas extranjeras, las ganancias y pérdidas
resultantes de inversiones en instrumentos financieros denominados en moneda no
funcional que sean partidas monetarias deben reconocerse en resultados. Asimismo,
según la NIF B-15, diferencias en cambio que surgen de un pasivo en moneda extranjera
que ha sido designado ycalifica como cobertura económica de la inversión neta en una
operación extranjera deben reconocerse en el capital contable formando parte del rubro de
efecto acumulado por conversión, cumpliendo con la NIF particular relativa a instrumentos
financieros derivados y operaciones de cobertura.
48.2.4 Los cambios en valor atribuibles a una variación en moneda extranjera de la inversión en
uninstrumento financiero de capital que se conserve por un plazo indefinido de acuerdo
con lo señalado en el párrafo 48.2.1 deben presentarse también en OPI, dado que la
inversión en un instrumento financiero es una partida no monetaria. Esta partida debe ser
transferida a resultados al vender la inversión.
50 NORMAS DE PRESENTACIÓN
51 Normas relativas al estado de posición financiera
51.1 Presentación51.1.1 La inversión en instrumentos financieros negociables debe presentarse en el estado de
posición financiera al valor razonable determinado de acuerdo con lo establecido en esta
norma, en un rubro por separado, en el activo circulante o no circulante de acuerdo con las
NIF C-2, INVERSIÓN EN INSTRUMENTOS FINANCIEROS NEGOCIABLES
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circunstancias.
51.2 Compensaciónde activos y pasivos financieros
51.2.1 Puede darse el caso de que una inversión en un activo financiero y un pasivo financiero
vayan a ser liquidados por su monto neto, en cuyo caso debe seguirse lo indicado en la
norma de información financiera relativa a la compensación de activos y pasivos
financieros.
52 Normas relativas al estado de resultados
52.1 El estado de resultados debepresentar en un rubro por separado los cambios en valor
razonable de los instrumentos financieros negociables así como los rendimientos que se
hayan cobrado. Estas partidas deben presentarse en el margen de intermediación en las
entidades financieras y en el resultado integral de financiamiento para las no financieras.
Los cambios en el valor razonable del instrumento financiero incluyen la...
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