Niif 4
Contratos de seguro
Objetivo.
Especificar la información financiera que debe ofrecer, sobre los contratos de seguro, la entidad emisora de dichos contratos.
Alcance.
Se aplicará a:
← Contratos de seguro (incluyendo también los contratos de reaseguro que acepte) que emita y los contratos de reaseguro que ceda.
← Instrumentosfinancieros que emita con un componente de participación discrecional
Esta NIIF no aborda otros aspectos de la contabilización de las entidades aseguradoras, como la contabilización de los activos financieros que sean propiedad de entidades aseguradoras y pasivos financieros emitidos por aseguradoras.
Derivados implícitos
La NIC 39 requiere que la entidad separe ciertos derivados implícitos desus correspondientes contratos principales, y los mida por su valor razonable, contabilizando los cambios en los resultados del ejercicio. La NIC 39 será también aplicable a los derivados implícitos en un contrato de seguro, salvo que el derivado en cuestión sea en sí mismo un contrato de seguro.
Como excepción al requisito establecido en la NIC 39, la entidad aseguradora no precisará separar,ni medir por su valor razonable, la opción que el tomador del seguro tenga para rescatar el contrato de seguro por una cantidad fija
Disociación de los componentes de depósito
Algunos contratos de seguro contienen tanto un componente de seguro como un componente de depósito. En algunos casos, la entidad aseguradora vendrá obligada o tendrá la facultad de disociar estos componentes:
a. Ladisociación será obligatoria si se cumplen las siguientes condiciones:
i) La aseguradora puede valorar el componente de depósito (incluyendo las eventuales opciones de rescate implícitas) de forma separada (es decir, sin considerar el componente de seguro).
ii) Las políticas contables de la aseguradora no requieren que reconozca todos los derechos y obligaciones derivados del componente de depósito.b. La disociación estará permitida, pero sin ser obligatoria, si la aseguradora puede valorar por separado el componente de depósito, como se indica en el apartado (a) (i) anterior, pero sus políticas contables requieren que reconozca todos los derechos y obligaciones derivados del componente de depósito, con independencia de las bases que se utilicen para valorar esos derechos y obligaciones.La disociación estará prohibida si la aseguradora no puede valorar por separado el componente de depósito, como se indica en el apartado (a) (i) anterior.
Para proceder a la disociación de un contrato, la entidad aseguradora:
a. Aplicará esta NIIF al componente de seguro.
b. Aplicará la NIC 39 al componente de depósito.
Reconocimiento y valoración
En los párrafos 10 a 12 de la NIC 8Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores se especifican los criterios que la entidad utilizará para desarrollar una política contable cuando no exista ninguna NIIF que sea específicamente aplicable a una partida. No obstante, la presente NIIF exime a la entidad aseguradora de aplicar dichos criterios en sus políticas contables relativas a:
a. Los contratos de seguro queemita (incluyendo tanto los costes de adquisición como los activos intangibles relacionados con ellos, tales como los que se describen en los párrafos 31 y 32); y
b. Los contratos de reaseguro que ceda.
Prueba de adecuación de los pasivos
La entidad aseguradora evaluará, en cada fecha de balance, la adecuación de los pasivos derivados de contratos de seguros que haya reconocido, utilizando lasestimaciones más actuales de los flujos de efectivo futuros procedentes de sus contratos de seguro. Si la evaluación mostrase que el importe en libros de sus pasivos derivados de contratos de seguros (menos los costes de adquisición diferidos y los activos intangibles que se relacionen con ellos, tales como los que se analizan en los párrafos 31 y 32) no es adecuado, considerando los flujos de...
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