Ninguno
NOTARIO. TIENE LEGITIMACION PASIVA EN EL JUICIO DE NULIDAD DE UNA ESCRITURA OTORGADA ANTE EL. Cuando se demanda la nulidad de una escritura pública debe intervenir necesariamente el notario ante el cual se otorgó, ya que de proceder la acción, tiene que hacer la anotación respectiva a su protocolo y,además, porque en algunos casos, su actuación trae aparejada responsabilidad, ya sea por una conducta dolosa o culposa. (Jurisprudencia por Contradicción de tesis 14/88, Tercera Sala, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Octava Época, Semanario Judicial de la Federación V, Primera Parte, Enero a Junio de 1990, pg. 233, tesis: 3a./J. 65 15/90, publicada de nuevo en Semanario Judicial de laFederación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, abril de 2004, pg. 97.)
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
VII, Junio de 1998
Página: 645
Tesis: II.2o.C.96 C
Tesis Aislada
Materia(s): Civil
EMPLAZAMIENTO A NOTARIO PÚBLICO. ES CORRECTO EL QUE SE REALIZA EN LA NOTARÍA DONDE DESEMPEÑAESA FUNCIÓN, CUANDO SE LE DEMANDA LA NULIDAD DE UN ACTO INHERENTE A SU ENCARGO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).
Conforme a la Constitución Política del Estado de México, la función notarial es obligatoria y corresponde al Ejecutivo del Estado, el cual encomienda su desempeño a particulares mediante la expedición de patentes, siendo un notario un licenciado en derecho investido de fe pública,facultado para autentificar y dar forma en los términos de ley a los instrumentos en que se consignan actos o hechos jurídicos, debiendo desempeñar dicha función en el lugar donde sea adscrito y resulte necesaria su presencia, en virtud de la naturaleza del acto o del hecho que pretenda pasar ante su fe, y desde luego en la notaría a su cargo. Por ello la Ley Orgánica del Notariado en su artículo20, fracción VI, establece que: "Para el inicio de sus funciones el notario debe cumplir con los siguientes requisitos: ... VI. Establecer la notaría en el lugar de su adscripción y residencia e iniciar funciones dentro de los noventa días hábiles a su protesta, dando aviso a la Dirección General, a las Oficinas de Registro Público y Fiscales de su jurisdicción, al Archivo, al Colegio y a lacomunidad mediante publicación a su costa en la Gaceta de Gobierno y en alguno de los periódicos de mayor circulación en el Estado de México.". Por su parte, el artículo 31 del Código Civil de esta entidad federativa, determina que: "El domicilio legal de una persona es el lugar donde la ley le fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, aunque de hecho...
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