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Páginas: 34 (8251 palabras) Publicado: 3 de enero de 2013
Parte II: La aplicación de la prisión preventiva con el nuevoCódigo Procesal Penal
1. Regulación normativa
La magnitud del cambio que representa la vigencia del Código Procesal Penal aprobado enel año 2004 y, vigente progresivamente en el país desde el año 2006, se manifiesta en dosvías: primero, en la regulación normativa y, en segundo lugar, en su aplicación en larealidad. En este punto nosavocaremos al primer ámbito, normativo.El CPP es una herramienta normativa de base acusatoria y tendencia adversarial
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, que naceen el Perú después de intentos fallidos de reforma, como fueron los Códigos ProcesalesPenales de 1991 y 1995, y de importantes esfuerzos académicos, como el ProyectoHuanchaco
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.El todavía llamado “
nuevo Código
”, término empleado para diferenciarlo del CódigodeProcedimientos Penales de los años 40, pese a tener determinados aspectos que dan cuentande rezagos inquisitivos, indudablemente conlleva un evidente cambio en la estructura y laregulación del proceso penal peruano. La detención, o como se le denomina en el nuevosistema penal, la prisión preventiva, no han sido la excepción.A diferencia del antiguo sistema procesal penal, el CPP contempla unaextensa regulaciónsobre la prisión preventiva que, abarca los requisitos y criterios para disponer esta medida,la duración de la misma, su cesación y revocatoria y, la audiencia para solicitarla y decidirla(artículos 268º al 285º).Al igual que los Códigos Procesales Penales de otros países de la región, el CPP contiene losdos requisitos básicos para la procedencia de la prisión preventiva:
a)indicios razonables dela vinculación del imputado con los hechos; y,
b)
los componentes del peligro procesal: elpeligro de fuga y, el peligro de obstaculización.
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Entendida como contradicción e igualdad de armas; mas no en el sentido puro del modelo anglosajón.
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El
Proyecto Huanchaco
fue una propuesta de nuevo Código Procesal Penal, gestado en el año 2002, graciasal compromiso personal deimportantes académicos, tanto internacionales como peruanos, como es el caso delprofesor argentino, Alberto Binder; y el recodado doctor, Florencio Mixán Mass, respectivamente. Varios delos aportes del
Proyecto Huanchaco
fueron luego incorporados en el diseño del Código Procesal Penal de2004.
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Sin embargo, a diferencia de otros países, en el caso peruano, hay un tercer presupuestoestablecidoen la norma, obligatorio para decidir la prisión preventiva:
que la sanción aimponerse sea superior a los 4 años de pena privativa de libertad
. Cabe señalar que este elementoha sido debatido y cuestionado en otros países que han iniciado reformas a la justicia penal;no obstante, en Perú, este presupuesto está amparado en el artículo 268º del CPP.
En suma, el artículo 268º del CPP regula lossiguientes criterios para disponer la prisiónpreventiva:
a)
Que existan fundados y graves elementos de convicción para estimar razonablemente la comisiónde un delito que vincule al imputado como autor o partícipe del mismo;b)
Que la sanción a imponerse sea superior a 4 años de pena privativa de libertad; y,c)
Que el imputado, en razón a sus antecedentes y otras circunstancias del casoparticular, permitacolegir razonablemente que tratará de eludir la acción de la justicia (peligro de fuga) u obstaculizar laaveriguación de la verdad (peligro de obstaculización).
Conforme al CPP, también podrá dictarse esta medida:
cuando existan razonables elementos deconvicción acerca de la pertenencia del imputado a una organización delictiva o su reintegración a lamisma, y sea del caso advertir quepodrá utilizar los medios que ella le brinde para facilitar su fuga ola de otros imputados, o para obstaculizar la averiguación de la verdad
.A todos estos requisitos, el legislador peruano los denomina
presupuestos materiales
, sinmayor distinción entre la vinculación fáctica del procesado con los hechos, y el peligroprocesal en concreto. Además, el CPP establece que la sustentación de estos...
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