No Es Un Tema Inportante
SINDICATO.- Es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. (Trabajadores mínimo 20 y patrones mínimo 3)
Para constituir un sindicato no se necesita autorización previa.
Los sindicatos tienen derecho aredactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción.
TIPOS DE SINDICATOS DE TRABAJADORES:
I. GREMIALES.- Los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.
II. DE EMPRESA.- Los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa.(bibliotecarios)
III. INDUSTRIALES.- Los formados por trabajadores que presten sus servicios en dos o más empresas de la misma rama industrial.
IV. NACIONALES DE INDUSTRIA.- Los formados por trabajadores que presten sus servicios en una o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más Entidades Federativas.
V. DE OFICIOS VARIOS.- Los formados por trabajadores de diversasprofesiones. Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de veinte.
COMO PUEDEN SER LOS SINDICATOS DE PATRONES:
I. Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades.
II. Nacionales, los formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas.
EDAD DELOS TRABAJADORES PARA FORMAR PARTE DEL SINDICATO. Mayores de 14 años.
MÍNIMO DE TRABAJADORES O PATRONES PARA CONSTITUIR UN SINDICATO.- Los sindicatos deben de constituirse con un mínimo de veinte trabajadores en servicio activo o con tres patrones por lo menos, se tomarán en cuenta a los trabajadores que hayan sido despedidos entre los treinta días anteriores a la fecha de presentación de lasolicitud de registro del sindicato y la en que se otorgue éste.
DONDE DEBEN REGISTRARSE LOS SINDICATOS.- Deben registrarse en la Secretaría de Trabajo y Previsión social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local a cuyo efecto remitirán por duplicado:
I. Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva.
II. Una lista con elnúmero, nombres y domicilios de sus miembros y con el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios.
III. Copia autorizada de los estatutos.
IV. Copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva.
Estos documentos deben ser autorizados por el Secretario General, el de organización y el de actas.
EN QUE CASOSPUEDE NEGARSE EL REGISTRO DE SINDICATOS:
I. Si el sindicato no se propone el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
II. Si no se constituyó con el número de miembros veinte trabajadores o tres patrones como mínimo.
III. Si no se exhiben los documentos a que se refiere el art. 365.
QUE TIEMPO TIENE LA AUTORIDAD PARA RESOLVER LA SOLICITUD DEL REGISTRO DEL SINDICATO.-Sesenta días y si no resuelve los solicitantes pedirán la resolución después y si no lo hacen dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, se tendrá por hecho el registro para todos los efectos legales, quedando obligada la autoridad, dentro de los tres días siguientes, a expedir la constancia respectiva.
QUE HARÁ LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL UNA VEZ QUE HAYAREGISTRADO UN SINDICATO.- Enviará copia de la RESOLUCIÓN a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
EN QUE CASOS PUEDE CANCELARSE EL REGISTRO DEL SINDICATO.-
I. En caso de disolución.
II. Por dejar de tener los requisitos legales.
La Junta de Conciliación y Arbitraje resolverá acerca de la cancelación del registro.
COMO DEBE SER LA CANCELACIÓN DE UN SINDICATO.- Los sindicatos no...
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