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Resolución N° 33/2012
La Plata, 28 de junio de 2012.
VISTO la Ley Nacional N° 24.374 y modificatorias y el Decreto N° 2815/96, reglamentario de la
misma en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley Nacional N° 24.374, modificado por su similar N° 26.493
expresa que “Gozarán de los beneficiosde esta ley los ocupantes que, con causa lícita, acrediten la
posesión pública, pacífica y continua durante tres años con anterioridad al 1° de enero de 2009,
respecto de inmuebles edificados urbanos que tengan como destino principal el de casa habitación
única y permanente, y reúnan las características previstas en la reglamentación”.
Que por Decreto N° 2815/96 se reglamentó dicha normanacional en el ámbito de la Provincia
de Buenos Aires.
Que el citado decreto dispuso que el procedimiento establecido en la Ley Nacional N° 24.374
será ejecutado ante los “Registros Notariales de Regularización Dominial – Ley 24.374”, designando a
la Secretaría de Tierras y Urbanismo como órgano de aplicación con facultades para dictar las normas
complementarias que resulten necesarias a losfines de su cumplimiento.
Que la experiencia recogida en la aplicación de la citada normativa conduce a la necesidad de
profundizar el cumplimiento del objetivo social que la fundamenta, a fin de lograr que la
regularización dominial de los inmuebles comprendidos en el sistema se lleve a cabo a través de un
procedimiento que asegure su uniformidad, sencillez, celeridad y economía de costos, comomodo de
edificar inclusión.
Que para ello se hace necesario el dictado de normas complementarias del procedimiento de
regularización de dominio.
Que por Decreto N° 72/12 se aprobó en el ámbito del Ministerio de Infraestructura la
estructura orgánico funcional de la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda,
designándola como autoridad de aplicación de la Ley Nacional N° 24.374.72/12.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N°
Por ello, el Subsecretario Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda
RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar las normas de procedimiento, requisitos y condiciones aplicables al
trámite de regularización de dominio previsto en la Ley Nacional N° 24.374 y modificatorias y en el
Decreto reglamentario N°2815/96 que como ANEXO ÚNICO forman parte integrante de la presente.
Art. 2. Derogar las Resoluciones del Secretario de Tierras y Urbanismo N° 180/97 y N°
253/97, la Resolución del Responsable a cargo de las Direcciones Provinciales de Regularización
Dominial y Familia Propietaria N° 1/02, la Disposición del Director Provincial de Tierras y Urbanismo
N° 100/03 y toda otra norma que se oponga a lapresente.
Art. 3. Registrar, comunicar al Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, a los
Registros Notariales de Regularización Dominial de la Provincia de Buenos Aires, a la Dirección
Provincial de Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, publicar, dar al Boletín Oficial y
al SINBA. Cumplido, archivar. Dr. Fabián C. Stachiotti. Subsecretario Social de Tierras,urbanismo y
Vivienda. Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.
ANEXO ÚNICO
Normas de procedimiento, requisitos y condiciones aplicables
al trámite de regularización de dominio previsto en la Ley Nacional N° 24.374
y modificatorias y en el Decreto reglamentario N° 2815/96
1. Inicio de trámite.
1.1. Solicitud de acogimiento y declaración jurada.
La solicitud deacogimiento y declaración jurada deberá ser completada en su totalidad por el
notario actuante en los formularios que determine la autoridad de aplicación. La misma deberá ser
suscripta por el notario y el beneficiario.
En esa oportunidad, el notario actuante deberá asesorar al beneficiario sobre los principales
aspectos del régimen jurídico establecido por la Ley N° 24.374 y modificatorias, el...
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