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Páginas: 19 (4710 palabras) Publicado: 1 de diciembre de 2010
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
PRIMERA SALA PENAL ESPECIAL (C.II-19.a)
Inc. 39 – 2006- “A” S.S. VILLA BONILLA TELLO DE ÑECCO PIEDRA ROJAS

Resolución N°03. Lima, veintidós de Marzo del año Dos mil siete.AUTOS y VISTOS: Interviniendo como Vocal Ponente la Doctora Inés Villa Bonilla, estando a lo dispuesto en el artículo ciento treintiocho de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Deconformidad con lo opinado por el señor Fiscal Superior en su Dictamen de fojas doscientos treinticinco y siguiente. Con la Constancia de Vista emitida por Relatoría a fojas doscientos setenta; y, ATENDIENDO: PRIMERO: Que es materia de grado la apelación interpuesta de fojas ciento ochentiocho a ciento noventa por la Representante del Ministerio Público contra la resolución que corre de fojas cientosesentiséis a ciento ochentisiete, su fecha veintiuno de Agosto del dos mil seis, en el extremo que declara No Haber Mérito para abrir proceso penal contra José Edmundo Silva Tejada como presunto autor del delito contra la Administración Pública –Peculado, en agravio del Estado. SEGUNDO: Que de la denuncia formalizada por el Representante del Ministerio Público (que corre de fojas ciento cuarentinueve aciento sesenta) emerge lo siguiente: 2.1. Contexto: “…se desprende (...) que el denunciado General EP CHACÓN MÁLAGA con fecha 06 de noviembre del 2000, cursó el Oficio N° 0102/SG/CG comunicando al Comandante General del Comando de Personal del Ejército (COPERE) que se había designado al denunciado General EP SILVA TEJADA en “comisión de servicios” (actividades de verificación de sistemas demantenimiento y reparación aeronáutica) para viajar a la ciudad de Berlín – Alemania, durante el periodo comprendido entre el 13 de noviembre

al 31 de diciembre del 2000, a lo cual el COPERE formuló el proyecto de resolución suprema que contaba con la aprobación del denunciado CHACON MALAGA, remitiéndola para su trámite de aprobación a la Secretaría General del Ministerio de Defensa mediante el Of.N° 4132-SG-CGE/E7 del 13 de noviembre del 2000, la que finalmente no se aprobó. Sin embargo, en el curso del aludido trámite de aprobación, el General de Brigada EP Manuel Ramírez Rojas, Jefe de Administración de Personal del Ejército (JAPE) cursó el Of. N° 036-CP-JAPE del 15 de noviembre del 2000 a la Jefatura del Comando Administrativo del Cuartel General del Ejército (CE-CGE) remitiéndolecopia del Of. N° 0102/SG/CGE y el Proyecto de Resolución Suprema autoritativa, en cuyo mérito esta dependencia cursó el Of. N° 2380-CA/E-5 del 15 de noviembre del 2000, solicitando a la Oficina de Economía del Ejército (OEE) que abone al CA-CGE (DECO) la suma de S/. 56,547.11 nuevos soles para atender los gastos y viáticos del viaje del denunciado Silva Tejada. Es así que el Jefe de la OEE General EPOscar Villanueva Vidal (fallecido) mediante el Memorando N° 1500 E.9b(2)/19.02 del 20 de noviembre del 2000, dispuso al Departamento de Contabilidad de la OEE, el pago de la suma solicitada al CA-CGE en anticipo, con cargo al Presupuesto “Recursos Ordinarios-2000”, lo que se canalizó a la cuenta corriente del CA-CGE con la nota de depósito N° 9937835 del 21 de noviembre del 2000, siendoregularizado posteriormente con la Resolución Directoral N° 7712000 EP/RO/E9b., habiendo finalmente el Departamento de Economía del CA-CGE con fecha 21 de noviembre del 2000, comprado US$ 15,707.5 al Banco Continental, y con ello hizo efectivo el pago al denunciado SILVA TEJADA presumiblemente en la misma fecha que registra la Liquidación de Pago N° 000842 fechado el 21 de noviembre del 2000. Sin embargo,luego de lo precisado tal “viaje de comisión de servicios” a la ciudad de Berlín –

Alemania, encomendado al denunciado Silva Tejada nunca se habría efectuado ya que el precitado fue pasado a la situación de retiro por causal de renovación mediante la Resolución Suprema N° 687 DE/EP del 20 de noviembre, refrendado por el propio Chacón Málaga. Asimismo, se alude el vínculo del denunciado Silva...
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