NOM 004
FICHA TÉCNICA
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SCT/2008
Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.
JUAN JOSÉ R. MORÁN
DEFINICIONES
Para los propósitos de la presente Norma Oficial Mexicana, se establecen las siguientes definiciones:
4.1 Auto tanque:
Vehículo cerrado, camión tanque, semirremolque o remolque tipo tanque,destinado al transporte de líquidos, gases licuados o sólidos en suspensión.
4.2 Camión:
Vehículo de motor, de cuatro ruedas o más, destinado al transporte de carga.
4.3 Cartel:
Rótulo impreso, pintado o grabado que identifica el contenido y riesgo del producto transportado.
4.4 Carro tanque:
Unidad ferroviaria usada para el transporte de líquidos, gases licuados o gases comprimidos y sólidos quese licuan antes de descargarse.
4.5 Vehículo Cisterna:
Vehículo con una cisterna, portátil o fija a la unidad vehicular, utilizada para contener y/o transportar líquidos, sólidos o gases; con una capacidad mínima de 450 litros, cuando se use para el transporte de substancias de la clase 2.
4.6 Cisterna Portátil:
Una cisterna multimodal utilizada para el transporte de las substancias de las clases 1y 3 a 9, con una capacidad mayor a 450 litros. La cisterna portátil lleva un depósito provisto del equipo de servicio y los elementos estructurales que sean necesarios para el transporte de substancias peligrosas. La cisterna portátil debe poder ser llenada y vaciada sin necesidad de desmontar sus elementos estructurales. Debe tener elementos estabilizadores exteriores al depósito y poder serizada cuando esté llena, está diseñada para ser cargada a un vehículo de transporte o en un buque y está equipada con patines, soportes o accesorios que faciliten su manipulación mecánica. Los vehículos cisterna para el transporte por carretera, los furgones cisterna, las cisternas metálicas y los recipientes intermedios para graneles (RIG), no se consideran cisternas portátiles.
4.7 Contenedor:Recipiente o embalaje metálico de capacidades y formas normalizadas internacionalmente, usado para transportar mercancías.
4.8 Contenedor Cisterna:
Contenedor cuya capacidad volumétrica es mayor a 1,000 litros (1 m3), dotado con sus elementos necesarios para el transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos, tales como elementos de servicio y elementos estructurales.
4.9 Expedidor:Persona física o moral que carga, despacha, embarca o envía materiales o residuos peligrosos a un destinatario en unidades debidamente autorizadas por la Secretaría.
4.10 Preponderancia:
Mayor peligro de una substancia respecto a otra.
4.11 Recipiente intermedio para graneles (RIG):
Un envase y embalaje portátil, rígido o flexible, con una capacidad mínima de 450 litros y máxima de 3,000 litrosdistintos a los señalados en la Norma Oficial Mexicana aplicable a los envases y embalajes que
a) tiene una capacidad:
i) no superior a 3.0 m3 (3,000 litros) para sólidos y líquidos de los grupos de envase y embalaje “II” y “III”;
ii) no superior a 1.5 m3 para sólidos del grupo de envase y embalaje “I” envasados y embalados en RIG flexibles, de plástico rígido, compuestos, de cartón o de madera;
iii) nosuperior a 3.0 m3 para sólidos del grupo de envase y embalaje “I” envasados y embalados en RIG metálicos;
iv) no superior a 3.0 m3 para el transporte de material radiactivo de la clase 7;
b) está diseñado para manipulación mecánica;
c) ha superado las pruebas de resistencia a los esfuerzos que se producen durante las operaciones de manipulación y transporte;
4.12 Remanente:
Substancias, materialeso residuos peligrosos que persisten en los contenedores, envases o embalajes después de su vaciado o desembalaje.
4.13 Símbolo:
Imagen que muestra en forma gráfica y de fácil interpretación el significado del riesgo inherente de la substancia, material o residuo peligroso.
4.14 Sistema de Identificación para Unidades Destinadas al Transporte de Materiales y Residuos Peligrosos:
Forma de...
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