nomas por su jerarquia
II. Proponer al Ejecutivo del Estado, las políticas y los programas de coordinación con lasautoridades federales y municipales en materia de salud, prevención específica y atención médica social;
III. Organizar y controlar los centros y demás instituciones públicas de salud del Estado;
IV.Programar y realizar las campañas sanitarias tendientes a prevenir y erradicar enfermedades y epidemias en el territorio del Estado, en coordinación con las autoridades federales y municipalescompetentes;
V. Planear, desarrollar, dirigir y vigilar los servicios de salud que se proporcionen en el Estado en los términos de la legislación correspondiente;
VI. Impulsar la desconcentración ydescentralización a los municipios de los servicios de salud, mediante los convenios que al efecto se suscriban, en el marco de la Ley Estatal de Salud;
VII. Promover, coordinar y realizar laevaluación de programas y servicios de salud que le sea solicitada por el Gobernador del Estado;
VIII. Determinar la periodicidad y características de la información que deberán proporcionar lasdependencias, entidades e instituciones de salud del Estado, con sujeción a las disposiciones generales aplicables;
IX. Coordinar la programación de las actividades de salud en el Estado, acorde con lasleyes aplicables;
X. Impulsar las actividades científicas y tecnológicas en el campo de la salud;
XI. Coadyuvar en el ámbito de sus atribuciones, con las dependencias federales competentes en lorelativo a la transferencia de tecnología en el área de la salud;
XII. Promover el establecimiento de un sistema estatal de información básica en materia de salud;
XIII. Apoyar la coordinación...
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