NORMA 131
Que existen áreas que constituyen espacios naturales donde anualmente y de manera permanente ocurren diversas especies de ballenas que realizan actividades fundamentales para su vida.
Que en aguas de jurisdicción nacional habitan al menos nueve especies de misticetos, siete de las cuales tienen una presencia regular o permanente así como una especie de odontocetoque puede ser objeto de aprovechamiento no extractivo a través de la observación, y que todas están clasificadas con alguna categoría de riesgo en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
Que las ballenas jorobadas (Megaptera novaeangliae) habitan todo el año en el Golfo de California, teniendo su mayor abundancia en los destinos y tiempos migratorios invernales durante los cuales llevan a cabo su reproducciónen México, desde el sur de Baja California Sur hasta el Golfo de Tehuantepec, estando especialmente concentradas en la región de Los Cabos, Baja California Sur, en el área entre las Islas Marías, la Isla Isabel y la Bahía de Banderas, así como en los alrededores de las Islas Revillagigedo.
Que la ballena azul (Balaenoptera musculus) se distribuye en las aguas alrededor de la Penínsulade Baja California y tiene una importante zona de crianza en la región entre la Bahía de La Paz y Loreto, Baja California Sur.
Que la ballena de aleta (Balaenoptera physalus) tiene una población residente en el Golfo de California, aislada de la población de esta especie en el Pacífico Norte.
Que la ballena gris (Eschrichtius robustus) se reproduce solamente en lagunas de la costa Pacífico de BajaCalifornia Sur y se dispersa habitualmente dentro del Golfo de California y al sur hasta la Bahía de Banderas, así como ocasionalmente cerca de las Islas Revillagigedo.
Que el cachalote (Physeter macrocephalus) habita aguas oceánicas profundas bajo jurisdicción mexicana y es abundante en el Golfo de California, particularmente en la región aledaña a la Isla San Pedro Mártir.
Que todas las especies deballenas que habitan regularmente aguas de jurisdicción nacional son objeto de diferentes actividades legales e ilegales de observación turística en la costa Pacífico de Baja California, en el Golfo de California, en la región entre la Isla Isabel y la Bahía de Banderas, en las Islas Revillagigedo y en el Golfo de Tehuantepec, algunas de las cuales son intensivas.
Que lo anterior genera graninterés, especialmente turístico, provocando con ello una afluencia de embarcaciones que representan un riesgo al hábitat, existiendo asimismo el peligro de provocar alteraciones en el comportamiento y procesos biológicos de las especies.
Que la observación de ballenas, en este contexto, constituye un aprovechamiento no extractivo que de no ser adecuadamente regulado pudiera causar impactos negativossobre eventos biológicos, poblaciones o al hábitat de los cetáceos.
Que la observación de ballenas con fines de investigación científica es de fundamental importancia para el conocimiento de nuestra biodiversidad y, particularmente para generar información sobre los efectos de las actividades de observación sobre las ballenas y su hábitat, dentro de la jurisdicción nacional.
Que es importanteinducir que la observación de ballenas se realice de manera tal, que sea posible el acercamiento a las mismas bajo criterios de sustentabilidad.
Que corresponde a esta Secretaría, regular el aprovechamiento no extractivo bajo criterios de sustentabilidad de las especies silvestres que se distribuyen en el territorio nacional, con el objeto de lograr su conservación, el desarrollo equilibrado del paísy el mejoramiento de las condiciones de vida de la población humana como beneficiaria directa o indirecta de esa utilización sustentable.
Que la protección de las ballenas es de interés especial para nuestro país, pionero en su conservación por cuanto que:
En 1933 México se adhirió a la Convención de Ginebra para la Protección de Ballenas.
El 16 de julio de 1938 se aprobó el Convenio...
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