norma de conflicto
Las normas de conflicto pueden ser unilaterales o bilaterales. Son unilaterales las que se limitan a determinar el ámbito de aplicación del propio ordenamiento jurídico: precisan los supuestos en que se aplica el Derecho del foro; no designan, para los demás casos, la leyextranjera aplicable. El artículo 9 del Código Civil español, en su primitiva redacción, constituye un ejemplo destacado de norma unilateral. Si las normas de conflicto contienen uno o varios criterios, de acuerdo con los cuales se determina con carácter general la ley aplicable, sea ésta la del foro o una ley extranjera, se consideran bilaterales. A esta técnica responden las normas que recoge elvigente artículo 9 de nuestro Código.
Los partidarios de la redacción unilateral de las normas de conflicto entienden que, en ausencia de normas de Derecho Internacional delimitadoras de las competencias legislativas estatales, los legisladores no pueden hacer otra cosa que definir el campo de aplicación de su propio ordenamiento. De este modo, si el Derecho del foro, de acuerdo con la norma deconflicto unilateral, no es competente, la ley extranjera aplicable debe fijarse a través de las normas de conflicto, también unilaterales, de los restantes Estados. En la práctica, sin embargo, los jueces que han tenido que aplicar normas de conflicto unilaterales no han seguido tales planteamientos. Lejos de eso, han visto, en ellas, normas bilaterales incompletas, y las han bilateralizado. Esdecir, el criterio seguido por el legislador para determinar el ámbito de aplicación del propio Derecho se ha utilizado también para la designación de la ley extranjera aplicable. Se evitan así, por otro lado, los inconvenientes que podrían presentarse si se recurre a las normas extranjeras: que ningún ordenamiento se considere aplicable o, lo que sería más frecuente, que varios ordenamientos seconsideren competentes.
Además, el punto de vista al que responde el unilateralismo no es el que ha prevalecido en el análisis del conflicto de leyes. En el Derecho Internacional privado actual, resultado de un proceso histórico en el que la figura de Savigny ha tenido una influencia muy destacada, se pone el acento no en la ley, sino en la relación o situación jurídica. No preocupa tanto ladeterminación del ámbito de aplicación de la ley en el espacio como la búsqueda de la localización más adecuada para dicha relación o situación. Esta localización supone fijar la ley aplicable con carácter general: si la ley del foro no es aplicable, debe señalarse la ley extranjera que lo es. Dicho de otro modo, de acuerdo con el criterio que hoy se considera acertado, las normas de conflicto deben serbilaterales.
En las legislaciones se siguen encontrando normas unilaterales, pero predominan las bilaterales. La tendencia, además, es favorable a la elaboración de normas de conflicto bilaterales, como ponen de manifiesto las reformas efectuadas en distintos países, entre ellos España, en los que se ha pasado de una redacción unilateral a otra bilateral de las normas de conflicto.
La norma de...
Regístrate para leer el documento completo.