NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 550
NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORIA 550
PARTES VINCULADAS
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor en lo que respecta a las relaciones y transacciones con partes vinculadas en una auditoría de estados financieros.
Naturaleza de las relaciones y transacciones con partes vinculadas
Muchas de las transacciones con partes vinculadas seproducen en el curso normal de los negocios y puede que no implique un mayor riesgo de incorrección material en los Estados Financieros; caso contrario se debería a que:
Responsabilidades del Auditor
Aplicará procedimientos de auditoría para identificar, valorar y responder a los riesgos de incorrección material debidos a una contabilización o revelación inadecuadas por parte de la entidad.Debe obtener conocimiento suficiente de las relaciones y transacciones de la entidad con las partes vinculadas para poder concluir si los estados financieros:
1. Logran la presentación fiel.
2. No inducen a error.
El auditor puede no detectar incorrecciones materiales ya sea porque la dirección no conozca las transacciones con partes vinculadas o las relaciones que las partes vinculadas puedenofrecer más oportunidades de manipulación.
Ante esta situación es importante la planificación y la ejecución de la auditoria, esta NIA tiene como finalidad facilitarle al auditor la valoración e identificación de incorrección material con las partes vinculadas.
En la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 24 se dan definiciones respecto de las partes vinculadas y se adoptan para fines de estaNIA. Las definiciones de partes vinculadas y transacciones de partes vinculadas, son:
Objetivo
Reconocer, en su caso, los factores de riesgo de fraude debidos a las relaciones y transacciones con partes vinculadas, que sean relevantes para la identificación y valoración de riesgos de incorrección material debida a fraude.
Definiciones
Entre los términos utilizados, se incluyen los siguientes:Grupo: una controladora y todas sus subsidiarias.
Control (de una entidad): poder de dirigir las políticas financiera y de operación de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades.
Control conjunto: acuerdo contractual para compartir el control sobre una actividad económica. Existe solo cuando las decisiones financieras y de operación estratégicas relativas a la actividadexigen el consenso unánime de las partes que comparten el control (los participantes).
Controladora: entidad que tiene una o más subsidiarias.
Transacción realizada en condiciones de independencia mutua: una transacción realizada entre partes interesadas, no vinculadas, y que actúan de forma independiente entre sí y persiguiendo cada una sus propios intereses.
Subsidiaria: entidad, incluida unaentidad sin forma jurídica definida, tal como las fórmulas asociativas con fines empresariales, que es controlada por otra (conocida como controladora).
Negocio conjunto: acuerdo contractual en virtud del cual dos o más participantes emprenden una actividad económica que se somete a control conjunto. Los negocios conjuntos pueden tomar la forma de operaciones controladas de forma conjunta, activoscontrolados de forma conjunta, o entidades controladas de forma conjunta.
Asociada: entidad, incluida una entidad sin forma jurídica definida, tal como las fórmulas asociativas con fines empresariales, sobre la que el inversor posee influencia significativa, y que no es una subsidiaria ni constituye una participación en un negocio conjunto.
Procedimientos de valoración del riesgo y actividadesrelacionadas
El auditor ejecutará los procedimientos de auditoría y las actividades relacionadas, con el fin de obtener la información relevante para la identificación de los riesgos de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas.
Debe inspeccionar confirmaciones de bancos y de los asesores jurídicos obtenidas con motivo de los procedimientos aplicados;...
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