Normas generales para la preparacion de contratos por las administraciones publicas
NORMAS GENERALES PARA LA PREPARACIÓN DE CONTRATOS POR LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS: EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN. INICIACIÓN Y CONTENIDO. LA TRAMITACIÓN ABREVIADA DEL EXPEDIENTE. PLIEGOS DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN. INICIACIÓN Y CONTENIDO
LA TRAMITACIÓN ORDINARIA
La celebración de contratos por parte de lasAdministraciones Públicas requiere la previa tramitación del correspondiente expediente de contratación.
Este expediente se iniciará por el órgano de contratación que motivará razonadamente la necesidad de su celebración.
Sin perjuicio de su posibilidad de división en lotes en los casos previstos, el expediente de contratación deberá referirse a la totalidad del objeto del contrato y en él seincorporará la siguiente documentación:
-el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas; en el caso de que el procedimiento para la adjudicación del contrato sea el diálogo competitivo, los pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas se sustituirán por el documento descriptivo.
-el certificado de existencia de crédito o documento quelegalmente lo sustituya y, en su caso, la fiscalización previa de la intervención.
-se justificará adecuadamente la elección del procedimiento y los criterios que se tendrán en consideración para su adjudicación.
Cuando el contrato se financiara con aportaciones de distinta procedencia, aún proviniendo de órganos de la misma Administración Pública, el órgano de contratación tramitaráun solo expediente debiendo acreditarse la plena disponibilidad de todas las aportaciones y el orden de su abono con inclusión de una garantía para su efectividad.
Completado el expediente en los extremos señalados, el órgano de contratación dictará resolución motivada aprobando dicho expediente y disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación.
Dicha resolución implicageneralmente también la aprobación del gasto.
En los contratos menores la tramitación del expediente de contratación únicamente requiere la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente y, cuando se trate de un contrato menor de obras, sin perjuicio de que deba existir proyecto e incluso informe de supervisión, deberá añadirse además el presupuesto de lasmismas.
LA TRAMITACIÓN URGENTE O ABREVIADA
Pueden ser objeto de tramitación urgente o abreviada los expedientes de contratos cuya celebración obedezca a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razón de interés público.
Es imprescindible que el expediente de contratación contenga la declaración de urgencia, debidamente motivada, hecha por el órgano decontratación.
La tramitación de los expedientes calificados de urgentes se realizará siguiendo el mismo procedimiento que los ordinarios si bien con la especialidad de que gozan de preferencia para su despacho por los órganos pertinentes ya que disponen de un plazo de cinco días para emitir los correspondientes informes o cumplimentar los correspondientes trámites.
Este plazo puedeprorrogarse hasta los diez días en aquellos casos en que la complejidad del expediente impida el cumplimiento del plazo antes señalado. Para ello los órganos que deban evacuar los correspondientes informes o realizar los trámites lo comunicarán al órgano de contratación que declaró la urgencia.
Acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos para la licitación, adjudicación yformalización del contrato se reducirán a la mitad.
No se reducirá, sin embargo, el plazo de quince días hábiles establecido como periodo de espera antes de la formalización del contrato.
El plazo para el inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a quince días hábiles desde la formalización. Si se excediese de este plazo, el contrato podría resolverse a no ser que...
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