Normas inter
Información financiera de los intereses en negocios conjuntos, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Esta Norma se aplicará al contabilizar las participaciones en negocios conjuntos, sea cual sea su finalidad, fabricar, comercializar o distribuir servicios, todo estopermite que mantener informados sobre sus activos, pasivos, gastos e ingresos en los estados financieros de los partícipes.
Dicho requisito asegura que ningún partícipe, aislado estará en una posición de controlar la actividad de forma unilateral.
Este tipo de negocios conjuntos no implica la constitución de una sociedad por acciones, ni de una asociación con fines empresariales u otro tipode entidad, ni el establecimiento de una estructura financiera independiente de la que tienen los partícipes. Cada uno de ellos controlará su parte de los beneficios económicos futuros a través de su participación en el activo controlado conjuntamente.
no obstante Esta Norma no establece qué entidades deben elaborar estados financieros separados disponibles para uso público, soloTransacciones entre un partícipe y el negocio conjunto.
nº 32 (NIC 32) Instrumentos financieros: se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005.
El objetivo de esta Norma consiste en establecer principios para la presentación de los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio neto, así como para la compensación de activos y pasivos. Se aplicará en laclasificación de los instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la clasificación de los intereses, dividendos y pérdidas y ganancias relacionados con ellos, y en las circunstancias en que los activos financieros y los pasivos financieros puedan ser objeto de compensación.
4. Esta Norma será de aplicación por todas las entidades, atoda clase de instrumentos financieros, excepto Las participaciones en entidades dependientes, asociadas y negocios conjuntos, que se contabilicen de acuerdo con la NIC 27 Estados financieros consolidados y separados, la NIC 28 Inversiones en entidades asociadas o la NIC 31 Participaciones en negocios conjuntos.
nº 33 (NIC 33) Ganancias por acción; se aplicará en los ejercicios anuales que comiencena partir del 1 de enero de 2005.
El objetivo de esta Norma es establecer los principios para la determinación y presentación de la cifra de ganancias por acción de las entidades, cuyo efecto será el de mejorar la comparación de los rendimientos entre diferentes entidades en el mismo periodo, así como entre diferentes periodos para la misma entidad. Aunque el indicador de las ganancias por accióntiene limitaciones a causa de las diferentes políticas.
nº 34 (NIC 34) Información Financiera Intermedia; tendrá vigencia para los periodos contables que comiencen a partir del 1 de enero de 1999.
Se denomina información financiera intermedia a todo el conjunto de información financiera, ya sea completa o condensada, que se refiera a un periodo contable más pequeño que el ejercicio económicoanual de la empresa.
Esta Norma no prescribe qué empresas deben publicar información financiera intermedia, ni su frecuencia, ni cuánto deben tardar en publicarse después de terminar el periodo contable al que se refieran. tales extremos deben ser decididos por las autoridades de cada país, las comisiones de valores, las bolsas donde se negocian los títulos o los organismos profesionalescontables. Esta Norma es de aplicación tanto si la empresa está obligada a publicar información financiera intermedia, como si decide por sí misma elaborarla y publicarla de acuerdo con las Normas Internacionales de Contabilidad.
Esta Norma define el contenido mínimo de la información financiera intermedia, incluyendo tanto estados contables como información a revelar.
Tendrá también acceso a...
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