Normas Juridicas Deber Ser
luego las normas de tienen un carácter ideal, no real: por real se entiende una forma de relación eficaz y efectivaestablecida positivamente, lo real es cómo nos conducimos; lo ideal es cómo debemos conducimos.
Lo que el Derecho mexicano establece como conducta jurídicamente debida, ya no es unarelación de algo que es con algo que debe ser, como en el primer caso sino la consideración de algo que de por sí es en la norma; es decir, lo que es jurídico según el Derecho mexicanoestá instituído y existe efectivo y actual como un contenido de deberes postulados en cada precepto.
Distinguiendo estos dos planos, se advertirá que cuando se juzga que lasnormas son significaciones o contenidos de carácter no real, sino ideal, se está en el primer plano de la conducta frente a las normas; mas cuando se juzga que el derecho tiene unaexistencia propia, entónces se está en el segundo orden de las normas positivas en su peculiar estructura:
¿Cómo deben conducirse jurídicamente los hombres según el Derecho mexicano? Elplano real es el del sujeto que pregunta cómo' debe ser la conducta, y el plano ideal o del deber ser, compete a las normas. Pero si se interroga acerca de lo que establece elDerecho mexicano, el deber ser se presenta como lo que jurídicamente es, porque se apunta el ser del deber ser. Es una cuestión nada más de perspectiva lógica, de sistema de apreciación
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