Normas Oficiales
Salud en el Trabajo.
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Normas Oficiales Mexicanas sobre Seguridad e
Higiene
CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, Secretario del Trabajo y
Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40, fracciones I y XI
de la Ley Orgánica de la AdministraciónPública Federal; 512, 523 fracción
I, 524 y 527, último párrafo, de la Ley Federal del Trabajo; 3º, fracción XI,
38, fracción II, 40, fracción VII, 41, 43 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización; 17, fracciones II y IX, 29 al 34, 36, 37 y
39 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y MedioAmbiente de
Trabajo; 3º, 5º y 22 fracciones III, VIII y XVII del Reglamento Interior de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 18 de julio de 1997, fue publicada en el Diario Oficial de la
Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-122-STPS-1996, Relativa a
las condiciones de seguridad e higiene para el funcionamiento de
recipientes sujetos a presión ygeneradores de vapor o calderas que
operen en los centros de trabajo;
Que esta Dependencia a mi cargo, con fundamento en el Artículo Cuarto
Transitorio, primer párrafo del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene
y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar
diversas modificaciones a la referida Norma OficialMexicana, las cuales
tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el
ordenamiento reglamentario mencionado;
Que con fecha 28 de noviembre de 2000, en cumplimiento a lo previsto en
el artículo 46 fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante
el Comité Consultivo Nacional de Normalización deSeguridad, Higiene y
Medio Ambiente Laboral, el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial
Mexicana NOM-122-STPS-1996, RELATIVA A LAS CONDICIONES DE
SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE
RECIPIENTES SUJETOS A PRESION Y GENERADORES DE VAPOR O
CALDERAS QUE OPEREN EN LOS CENTROS DE TRABAJO, PARA
QUEDAR COMO NOM-020-STPS-2001, RECIPIENTES SUJETOS A
PRESION Y CALDERAS- FUNCIONAMIENTO-CONDICIONES DE
SEGURIDAD, y que el mismo día el citado Comité lo consideró correcto y
acordó que se publicara como proyecto en el Diario Oficial de la
Federación;
Que con objeto de cumplir con lo dispuesto en los artículos 69-E y 69-H de
la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el anteproyecto
correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal
de MejoraRegulathttp://www.osha.gov/TriNational/oria, la que dictaminó
favorablemente en relación al mismo;
Que con fecha 4 de mayo de 2001, en cumplimiento del Acuerdo del
Comité y de lo previsto en el artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Proyecto de Modificación de la presente Norma Oficial
Mexicana, a efecto de quedentro de los siguientes 60 días naturales a
dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité
Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio
Ambiente Laboral;
Que dentro del proceso de revisión de las normas oficiales mexicanas en
materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que efectúa la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social,algunas de las normas se han
unificado para su mejor comprensión por contener elementos afines, por lo
que al reducirse su número, las claves correspondientes a las normas que
se cancelan quedan disponibles para ser asignadas a otras nuevas
normas o revisiones de las ya existentes, por lo que para mantener la
continuidad de las claves de las normas oficiales mexicanas en esta
materia, la clave...
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