Normas Reformatorias A La Ley De Seguros
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARREDA ADMINISTRACION DE EMPRESAS
SEGUROS
NOMBRE: Karol Lugo
CURSO: AE 5-1
FECHA: 18-04-2015
Normas reformatorias a la Ley deSeguros
Décimo octava. En la Ley General de Seguros, efectúense las siguientes reformas:
1. En todo el texto de la ley sustituir "Superintendencia de Bancos y Seguros" por "Superintendencia deCompañías, Valores y Seguros" y "Superintendente de Bancos y Seguros" por "Superintendente de Compañías, Valores y Seguros".
2. En los artículos 52 y 67 sustituir "Junta Bancaria" por "Junta dePolítica y Regulación Monetaria y Financiera".
3. Sustitúyase el artículo 14 por el siguiente: "Artículo 14.- El capital pagado mínimo legal para la constitución de las compañías que conforman el sistema deseguros será el siguiente:
a) De seguros, será de $8 millones.
b) De reaseguros será de $13. En el caso de las compañías que operen en seguros y reaseguros, el capital será de $13 millones.
c) Elcapital mínimo para las asesoras productoras de seguros, inspectoras de riesgos, ajustadoras de siniestros e intermediarias de reaseguros será determinado por la Junta
El capital pagado deberá seraportado en dinero.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en cualquier momento, podrá incrementar los requisitos mínimos de capital.
4. Incorpórese a continuación del artículo 14otro enumerado del siguiente tenor: "Artículo....- El capital pagado no podrá reducirse a una cantidad inferior al mínimo legal y se incrementará por decisión de la junta general de accionistas o pordisposición del Superintendente de Compañías, Valores y Seguros. Los recursos para el aumento de capital pagado provendrá exclusivamente de: aportes en dinero que no podrán provenir de préstamos u otrotipo de financiamiento directo o indirecto que hayan sido concedidos por la propia compañía. Del excedente de la reserva legal. De las utilidades acumuladas y de la capitalización de cuentas de...
Regístrate para leer el documento completo.