NORMAS VIGENTES DE LOS ESPARRAGOS
NORMAS NACIONALES VIGENTES DE LOS ESPARRAGOS
REFERENCIAS:
Resolución Legislativa N° 27198, publicada el 9 de noviembre de 1999, mediante la cual se aprobó el nuevo texto de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la FAO.
Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, publicada el 28
de junio de 2008.
Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, publicado el 31 deagosto de 2008,
mediante la cual aprueban el Reglamento General de la Ley General de Sanidad
Agraria.
Decreto Supremo Nº 032-AG-2003-AG, publicado el 23 de agosto de 2003, que
aprueba el Reglamento de Cuarentena Vegetal.
Requisitos Fitosanitarios establecidos por las Organizaciones Nacionales de
Protección Fitosanitaria de los países de destino.
Protocolos y otros documentos sobre requisitosfitosanitarios para la exportación
de espárrago fresco, suscrito por el SENASA con las Organizaciones
Nacionales de Protección Fitosanitaria de los países de destino.
Texto Único de Procedimientos Administrativos del SENASA (TUPA), vigente.
Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (NIMF) de la CIPF-FAO.
RESPONSABILIDADES
Del SENASA:El Director de Sanidad Vegetal es responsable de la aprobación del presente procedimiento.
La SCV es la encargada de supervisar el cumplimiento de lo establecido en el presente procedimiento y de su actualización.
Las DE y los PCCE del SENASA son las encargadas de ejecutar las acciones dispuestas por la DSV en el presente procedimiento, así como la supervisión de su cumplimiento. durante eldesarrollo de la campaña de exportación.
El ICV es el encargado de verificar el cumplimiento de lo establecido en el
presente procedimiento, así como registrar todo incidente que se presente en
incumplimiento de este procedimiento según formato establecido en la Hoja
de Incidencias, Observaciones y Anomalías (Registro: REG-SCV/E-09).
Del Productor:
Contar con evaluadores capacitados en laidentificación de plagas en el cultivo de espárrago, con énfasis en noctuidos, thrips y prodiplosis.
Conducir un programa MIP en el cultivo de espárrago.
Mantener en buena condición fitosanitaria el lugar de producción y efectuar
medidas de vigilancia y control de noctuidos, thrips y prodiplosis, consideradas como plagas cuarentenarias por las ONPF de los países a los cuales se exporta espárragofresco.
Establecer evaluaciones permanentes sobre el nivel de población de las
plagas en el cultivo mencionadas en la sección anterior.
Enviar su producción a la empacadora con documentos que acredite el lugar de producción cuenta con MIP.
De la Planta Empacadora de Espárrago:
Designar el responsable técnico de la planta de empaque de acuerdo a los criterios que se establecen en la sección6.4.2. i del presente procedimiento.
Contar con evaluadores capacitados en la identificación de estados inmaduros de noctuidos, thrips y prodiplosis, entre otras plagas.
Llevar un registro permanente de los exportadores a los que brinda el servicio, correlacionados con datos sobre la procedencia (lugar de producción con MIP y sin MIP) y número de turiones infestados del producto cosechado queingresa a la empacadora para su procesamiento.
Proporcionar al SENASA la información requerida y específica del movimiento del producto ingresado a la empacadora, considerando los lotes aceptados, rechazados o descartados, cuando les sean requeridos.
Facilitar el acceso del ICV a las áreas de proceso de post-cosecha, a fin de evaluar su condición fitosanitaria para su exportación.
Contar con elárea específica debidamente acondicionada para el SENASA, bajo los requerimientos indicados en el Anexo 19 para realizar la inspección fitosanitaria del producto a exportarse.
Del Exportador:
Cumplir las normas legales vigentes en materia de sanidad vegetal.
Presentar los turiones de espárragos de exportación a la empacadora, consignando en la guía de remisión o documento afín, el código...
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