Normas
Criterios para la interpretación y aplicación de la norma básica de la edificación "NBECPI/96 Condiciones de protección contra incendios en los edificios" Respuestas a las consultas dirigidas a la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el UrbanismoActualización del listado de preguntas más recientes: Actualización del listado general de preguntas:
8-marzo-2001 16-enero-2001
La Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo ha respondido durante los últimos años a numerosas consultas relacionadas con la interpretación y aplicación de la norma básica de la edificación "NBE-CPI/96 Condiciones de protección contra Incendiosen los edificios", conforme a lo establecido en el artículo 35.g) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para facilitar su difusión y utilización a continuación se incluyen las respuestas a las preguntas más frecuentes. Las preguntas pueden localizarse vinculadas al artículo de la NBE-CPI/96 al cual se refieren de forma más directao bien mediante búsqueda de las palabras clave que aparecen en ellas. Por ejemplo: "garajes", "trasteros", "recorridos", "ventilación", etc.
Listado de preguntas más recientes
Con el fin de que quienes ya conozcan este documento no precisen buscar las consultas resueltas recientemente, estas se incluyen a continuación. Cada vez que el listado general se actualiza, estas consultas pasan aincorporarse a dicho listado.
Artículos 14.d Cuestión Estabilidad al fuego estructural necesaria en un garaje situado en las plantas más altas de un edificio con otro uso Pregunta / Respuesta Cuando las plantas más altas de un edificio están destinadas a uso garaje y las inferiores son de otro uso ¿Cual es la estabilidad estructural ante el fuego necesaria en las plantas de garaje? La exigencia delartículo 14 d) de la norma básica NBE-CPI/96, según la cual la estabilidad al fuego de la estructura de un garaje situado en edificio con otro uso debe ser al menos EF-120, debe entenderse referida al caso habitual en el que el garaje se encuentra por debajo del otro uso, normalmente bajo rasante.
1
2.3
Aceptación de escaleras existentes obras que pretendan recuperar zonas de edificios deuso vivienda para dicho uso
Cuando no es así y el garaje se encuentra por encima del otro uso, puede considerarse que la estabilidad al fuego necesaria en la estructura de las plantas de garaje es EF-90. Si además, en la planta más alta de garaje (y por tanto del conjunto del edificio) fuera aplicable lo que contempla el apartado b) del citado artículo (edificio exento no Hospitalario,cubierta ligera no prevista para la evacuación de los ocupantes con altura sobre rasante menor de 28 m y cuyo fallo no pueda comprometer la estabilidad de plantas inferiores o la compartimentación de los sectores de incendio) la estabilidad al fuego estructural necesaria en dicha planta sería EF-30. Cuando, en edificios de uso vivienda, se pretenda recuperar para dicho uso zonas del edificio que en sudía se transformaron en otro uso diferente (oficinas, hostales comercial, etc.) y, debido a la antigüedad del edificio, sea imposible la adecuación de la escalera a la que obliga la NBE-CPI/96 ¿debe rechazarse dicha recuperación del uso vivienda? No resulta lógico aplicar literalmente el artículo 2.3 de la norma básica “ NBECPI/96 Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios” en loscasos citados. En edificios con altura de evacuación mayor de 14 m dicha aplicación literal obligaría a exigir que la escalera se transformase en protegida y, dado que en muchos casos, dicha adecuación es imposible, se llegaría al absurdo de no admitir obras como las citadas que pueden aportar una notable reducción del nivel de riesgo en edificios de vivienda. El problema proviene de que el...
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