normas

Páginas: 318 (79448 palabras) Publicado: 1 de septiembre de 2014
Directiva 2005/6/CE, de 26 enero. ALIMENTACIÓN ANIMAL
LCEur 2005\117

COMISIÓN
DOL 27 enero 2005, núm. 24, [pág. 33, Núm. Págs. 2];
ALIMENTACIÓN ANIMAL. Modifica Directiva 71/250/CEE, de 15-6-1971 (LCEur 1971\79), en lo relativo a la
presentación de informes y a la interpretación de los resultados analíticos conforme a los requisitos de Directiva
2002/32/CE, de 7-5-2002 (LCEur 2002\1400)LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 70/373/CEE (LCEur 1970,82) del Consejo, de 20 de julio de 1970,
relativa a la introducción de métodos para la toma de muestras y de métodos de
análisis comunitarios para el control oficial de la alimentación animal 1, y, en
particular,
su
artículo
2,
1
DO L 170 de3.8.1970, p. 2. Directiva cuya última modificación la constituye el
Reglamento (CE) nº 807/2003 (LCEur 2003,1321) (DO L 122 de 16.5.2003, p. 36).
Considerando lo siguiente:
(1) La Directiva 71/250/CEE (LCEur 1971,79) de la Comisión, de 15 de junio de
1971, por la que se determinan métodos de análisis comunitarios para el control oficial
de los alimentos para animales 2, contiene disposicionesrelativas a la expresión de los
resultados.
2
DO L 155 de 12.7.1971, p. 13. Directiva cuya última modificación la constituye la
Directiva 1999/27/CE (LCEur 1999,1112) de la Comisión (DO L 118 de 6.5.1999, p. 36).
(2) A fin de garantizar un enfoque armonizado para la aplicación de la Directiva
2002/32/CE (LCEur 2002,1400) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de mayo
de 2002, sobre sustanciasindeseables en la alimentación animal 3, en todos los
Estados miembros, es indispensable que los resultados analíticos se presenten e
interpreten
uniformemente.
3
DO L 140 de 30.5.2002, p. 10. Directiva cuya última modificación la constituye la
Directiva 2003/100/CE (LCEur 2003,3596) de la Comisión (DO L 285 de 1.11.2003, p.
33).
(3) Por consiguiente, debe modificarse la Directiva71/250/CEE (LCEur 1971,79) en
consecuencia.
(4) Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del
Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:
Artículo 1.
La Directiva 71/250/CEE (LCEur 1971,79) se modificará como sigue:
1) Después del apartado 2 del artículo 1 se añadirá el segundo párrafo siguiente:
«Por lo que serefiere a las sustancias indeseables a que hace referencia la Directiva
2002/32/CE (LCEur 2002,1400) del Parlamento Europeo y del Consejo ( * ), incluidas
las dioxinas y los PCB similares a las dioxinas, se aplicará el punto C(3) de la parte 1
del anexo de la presente Directiva.
( * ) DO L 140 de 30.5.2002, p. 10.».
2) El anexo se modificará de acuerdo con el anexo de la presente Directiva. Artículo 2.
1. Los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales, reglamentarias y
administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva a más tardar 12 meses
después de su entrada en vigor. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto
de las mencionadas disposiciones, así como un cuadro de correspondencias entre las
mismas y la presente Directiva.
Cuando los Estadosmiembros adopten dichas disposiciones, éstas harán referencia
a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación
oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada
referencia.
2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las disposiciones
básicas de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente
Directiva.Artículo 3.
La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 4.
Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 26 de enero de 2005.
Por la Comisión
Markos KYPRIANOU
Miembro de la Comisión
ANEXO
En el punto C, «Aplicación de métodos de análisis y...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Normas
  • Normas
  • Normas
  • Normas
  • Normas
  • normas
  • normas
  • normas

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS