Normativa 1 Decreto 301- 14 Julio 2009

Páginas: 22 (5429 palabras) Publicado: 16 de enero de 2013
Sevilla, 20 de julio 2009

BOJA núm. 139

Página núm. 5

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
DECRETO 301/2009, de 14 de julio, por el que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes, a excepción de los universitarios.
La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida para establecer la ordenación del sector educativo y de laactividad docente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, a tenor del cual corresponde al Estado dictar las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la norma fundamental, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en estamateria. La disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que el calendario escolar, que fijarán anualmente las administraciones educativas, comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias. Por su parte, el artículo 125.1 y 2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece que los centros docentescontarán con autonomía pedagógica, de organización y de gestión para poder llevar a cabo modelos de funcionamiento propios, en el marco de la legislación vigente, y que dichos modelos podrán contemplar planes de trabajo, formas de organización, agrupamientos del alumnado, ampliación del horario escolar o proyectos de innovación e investigación, de acuerdo con lo que establezca al respecto laConsejería competente en materia de educación. Tras la experiencia acumulada desde la aprobación de la última normativa respecto al calendario y la jornada escolar, el presente Decreto contempla el adelanto del comienzo del curso, con objeto de que las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de educación y los propios centros docentes, en uso de su autonomía pedagógica yorganizativa, dispongan de mayor margen para conjugar el tiempo dedicado al horario lectivo y al de ocio, necesario e indispensable, igualmente, para la mejora del rendimiento académico y de la madurez personal del alumnado. El presente Decreto atribuye a las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de educación la competencia para la elaboración y aprobación del calendarioescolar para los centros docentes públicos y privados y establece el régimen ordinario de clase para las distintas enseñanzas que conforman el sistema educativo. Asimismo, regula la jornada escolar de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, considerando la especificidad y las características de cada uno de los niveles educativos. En la tramitación de lapresente norma se han cumplimentado los trámites de audiencia e información pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y ha emitido informe el Consejo Escolar de Andalucía. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación de conformidad con lo establecido en el artículo 27.9 de laLey 6/2006, de 24 de octubre, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de julio de 2009, DISPONGO CAPÍTULO I Disposiciones de carácter general Artículo 1. Objeto. El presente Decreto tiene por objeto regular el calendario y la jornada escolar de los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepciónde los universitarios. Artículo 2. Definiciones. A los efectos previstos en el presente Decreto se entiende por: a) Año académico o año escolar, el período comprendido entre el 1 de septiembre de cada año y el 31 de agosto del siguiente. b) Curso académico o curso escolar, el período comprendido entre el 1 de septiembre de cada año y el 30 de junio del siguiente. c) Calendario escolar, el...
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