Normativa contraincendios en naves

Páginas: 9 (2162 palabras) Publicado: 13 de noviembre de 2011
Las instalaciones eléctricas en talleres de pintura en el nuevo reglamento para baja tensión
PABLO ZAPICO GUTIÉRREZ, LUIS ÁNGEL ESQUIBEL TOMILLO Y CARLOS REDONDO GIL

La publicación y posterior entrada en vigor del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, ha supuesto una total modificación en el sistema de diseño y cálculo de lasinstalaciones eléctricas y de ventilación de los talleres de reparación de vehículos. La reforma radical del método de cálculo e instalación utilizado hasta la aprobación del actual reglamento aconseja hacer un análisis pormenorizado de la nueva regulación, y la publicación del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (en adelante CTE), que entróen vigor el 29 de marzo de 2002, hacen indispensable examinar en profundidad ambas normas, analizar los cambios y compararlos con la situación reglamentaria precedente. Recordemos antes de continuar, que se considera local con riesgo de incendio o explosión aquel en el que puede existir una mezcla de gases combustibles con el aire, en que la combustión, una vez iniciada por un foco de ignición,se propague espontáneamente por su interior con gran velocidad; lo mismo es válido para mezclas de aire con vapores, nieblas o polvo. Las mezclas explosivas pueden inflamarse, entre otras causas, por la acción de los equipos eléctricos cuando la fuente de ignición (calor, chispa o arco) alcanza una temperatura determinada. La temperatura a la que la atmósfera potencialmente explosiva puede iniciaruna explosión bajo las condiciones establecidas se denomina temperatura de ignición.

adaptarse a los cambios posteriores incluidos en la NBE-CPI 96, referentes a los cables resistentes al fuego e incluir los conductores de baja emisión de humos y libres de halógenos que ya existen desde hace más de un cuarto de siglo. La citada NBECPI 96 ha sido derogada por la Disposición Derogatoria Única delReal Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el CTE, en su punto 1 letra g. El Reglamento de 1973 consideraba que una ventilación estática adecuada, para un garaje o taller de reparación situado en planta baja, se obtenía dejando una superficie libre de rejillas fijas mínima, equivalente al 0,5% de la superficie en planta del local. Para los emplazamientos situados en sótanos,prescribía una renovación forzada de 15 m3/h de aire por cada m2 de su superficie. Esta extracción de aire delimitaba un volumen peligroso máximo acotado por un plano situado a 0,60 metros sobre el nivel del suelo. Las tomas de corriente y las canalizaciones tenían que situarse a una altura superior a 1,5 metros sobre la cota del pavimento. La instalación debía disponer de un grado de protecciónadecuado contra la entrada de agua, de polvo y contra los efectos mecánicos, en función de lo establecido en la norma UNE 20324.

Debemos referirnos a la norma UNE 20460, si nos ceñimos al recinto de la cabina, en su parte 7-706, considerando que se trata de un recinto conductor que no es de dimensiones reducidas hasta que se introduce un vehículo en su interior, porque entonces entra de lleno endicha clasificación. En este caso la cabina debe mantener una equipotencialidad de sus masas y una serie de protecciones adicionales como alimentación a muy baja tensión de seguridad (MBTS) y/o separación de circuitos con un transformador independiente por receptor o, en el caso de elementos fijos, corte automático de la alimentación o MBTS o separación galvánica de circuitos o materiales de claseII combinados con diferenciales de alta sensibilidad y un grado IP adecuado.

Locales de pública concurrencia
En los talleres se conjugan dos preceptos reglamentarios: por un lado, durante las horas de trabajo, son talleres y fuera del horario laboral son locales de depósito de vehículos. Si tienen una capacidad superior a cinco coches, ya entran dentro de la categoría de locales de pública...
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