Normativa Y Regulaciones De La Publicidad Relativas Al Tema De G Nero
Artículo 1º.Todo tipo de propaganda comercial que ofenda la dignidad, el pudor de la familia y en la que se utilice la imagen de la mujer impúdicamente, para
promover las ventas, será controlada y regulada con criterio restrictivo por el
Ministerio de Gobernación.(Navarro del Valle, 2011)
´´Para este artículo se van a considerar la publicidad en bocetos, textos, prensa
escrita en murales, televisión y fotografías, que tenga fines
publicitarios´´(Navarro del Valle, 2011) Cualquier publicidad debe ser autorizada primero por el Ministerio de
Gobernaciones, y la que no esté aprobada será prohibida.
Artículo 10º
Existirá un Consejo Asesor de Propaganda, integrado por dos personas representantes del Ministerio de Gobernación, una de la Cámara de Comercio y
otra de Asociación del Consejo Nacional de Publicidad y un representante del
Instituto Nacional de las Mujeres (Navarro del Valle, 2011)
Para las personas que transmitan material discriminatorio en contra de las
mujeres o los hombres, se les decomisara el material y se procederá a destruirlo.
La libertad de expresión en este ámbito se refiere al derecho de dar y recibir información y el derecho que tienen las empresas de comunicar con propósito
político, económico, religioso, recreativo o profesional y no con el fin de agredir la integridad de una persona o un grupo de personas.
Así que la libertad de expresión comprende el derecho que tienen para hacer una
crítica, siempre y cuando no estén adoptando una práctica discriminada con
respecto a los roles de género. ´´Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o escrito y publicarlos
sin previa censura; pero serán responsables de los abusos que comentan en el ejercicio de este derecho, en los casos y del modo que la ley establezca´´
(Navarro del Valle, 2011)
Bibliografía
Navarro del Valle, H(2011)
.Normas básicas de control de espectáculos ...
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