Normativa
NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES
Aprobado por la Junta Directiva de la Facultad de Ciencias Económicas, según punto tercero del Acta 152006 de sesión celebrada el 11 de mayo de 2006.
Guatemala, mayo de 2006.
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CONTENIDO Página CAPÌTULO I: Base legal y objetivo
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CAPÌTULO II: Organización
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CAPÌTULO III: Funcionamiento
4CAPÌTULO IV: Requisitos de inscripción y de exámenes finales CAPÌTULO V: Del contenido, evaluación y promoción de los cursos CAPÍTULO VI: Del personal docente
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CAPÍTULO VII: Régimen financiero CAPÍTULO VIII: Disposiciones transitorias
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CAPIITULO IX: Disposiciones finales
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NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS.
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CAPÍTULO I BASE LEGAL Y OBJETIVO Artículo 1. Base legal. El presente normativo se fundamenta en los incisos a) y n) del artículo 30 del Estatuto de la Universidad de San Carlos de Guatemala (nacional y autónoma); en el artículo 43 del Reglamento General de Evaluación y Promoción del Estudiante de la Universidad de San Carlos de Guatemala; y, artículo 32 del Normativo General de Evaluación y Promoción del Estudiante de la Facultad de Ciencias Económicas. Artículo 2. Objetivo. La Escuela de Vacaciones tiene como objetivo que el estudiante de la Facultad de Ciencias Económicas fortalezca el grado de conocimiento del contenido programático de los cursos no aprobados en el ciclo regular, alcance los propósitos de los mismos en un período extraordinario, especial, intensivo y de corta duración, y pueda promover los cursos del pensum de estudios vigente. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Artículo 3. Dependencia jerárquica. La Escuela de Vacaciones depende jerárquicamente de la Junta Directiva y el Decano. En los aspectos docente y administrativo estará a cargo de la dirección de un Profesor Titular de la Facultad de Ciencias Económicas, nombrado por la Junta Directiva, en terna propuesta por el Decano.Artículo 4. Atribuciones del Director. Son atribuciones del Director de la Escuela de Vacaciones, las siguientes: a) Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades del proceso docente y administrativo de la Escuela. b) Seleccionar al personal docente, administrativo y de servicios varios para el funcionamiento eficiente de la Escuela y por medio del Decano proponerlos a la Junta Directiva, para su aprobación y nombramiento respectivo. c) Establecer horarios de los cursos que se imparten, asignación de aulas por materia y períodos de exámenes parciales y finales; d) Establecer los instrumentos necesarios para el control de asistencia del personal a su cargo, el avance de los contenidos de los programas educativos, de los materiales y útiles requeridos para el funcionamiento de la Escuela; e) Investigar, estudiar y resolver los asuntos administrativos y docentes, que no se encuentren expresamente establecidos en este normativo; y, f) Por medio del Decano, presentar la memoria de labores de la Escuela ante la Junta Directiva de la Facultad, dentro de los veinte días hábiles posteriores a su culminación. CAPÍTULO III FUNCIONAMIENTO Artículo 5. Períodos en los que funcionará.meses de junio y diciembre. La Escuela de Vacaciones funcionará dos períodos al año, en los
En el mes de junio se impartirán los cursos que corresponden ordinariamente al primer semestre de cada año; y, en diciembre, los cursos que corresponden ordinariamente al segundo semestre de cada año. ...
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