Normatividad en comercio exterior
Boletín 2010
Compilación de Criterios Normativos en materia de comercio exterior y aduanal Boletín 2010
Página Introducción Contenido Apéndice I.- Antecedentes de los Criterios Normativos que quedan sin efectos al entrar en vigor el presente Boletín. Apéndice II.- Antecedentes de los Criterios Normativosrelacionados con las disposiciones legales vinculadas al comercio exterior en vigor. Índice General de Criterios Normativos relacionados disposiciones legales vinculadas al comercio exterior en vigor. Índice alfabético con las 46 53 3 4 28
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Autorizado mediante oficio 600-05-03-2010-74021 del 30 de junio de 2010.
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Compilación de Criterios Normativos en materia de comercio exterior yaduanal Boletín 2010
INTRODUCCIÓN El Comité de Normatividad en Materia de Comercio Exterior y Aduanal del Servicio de Administración Tributaria, inició la revisión integral de los Boletines 2004 y 2005 así como los criterios aprobados durante 2006 y 2008 en materia de comercio exterior y aduanal, con el propósito de adecuar su contenido a las disposiciones fiscales vigentes, dando como resultadola emisión del Boletín 2010, con la finalidad de compilar en un sólo documento los criterios normativos en materia de comercio exterior vigentes, mismos que han sido clasificados como información no reservada conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Asimismo, en dicho boletín se incluyen los criterios aprobados en el 2010. Por lo anterior, medianteoficio 600-05-03-2010-74021 del 30 de junio de 2010, se hace de su conocimiento la liberación del Boletín 2010 que compila los criterios normativos en materia de comercio exterior y aduanal. Nota: Los criterios derogados no pierden su vigencia y aplicación respecto de las situaciones jurídicas o de hecho que en su momento regularon.
Autorizado mediante oficio 600-05-03-2010-74021 del 30 dejunio de 2010.
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Criterios relacionados con las disposiciones legales vinculadas al comercio exterior.
Autorizado mediante oficio 600-05-03-2010-74021 del 30 de junio de 2010.
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1/2010/LIVARetención y pago del Impuesto al Valor Agregado por ventas en depósito fiscal cuando el enajenante es residente en el extranjero, sin establecimiento permanente en el país, a un residente en territorio nacional. Para efectos del artículo 1-A, fracción III, segundo y cuarto párrafos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, las personas físicas y morales están obligadas a efectuar la retención delimpuesto al valor agregado por adquirir mercancías que se encuentran en depósito fiscal, que enajenen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, aun y cuando en este régimen exista una condición suspensiva respecto al pago de los impuestos que se causan con motivo de la operación de comercio exterior, entre los que se encuentra el impuesto al valor agregado, ya que paraefectos del artículo 10 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la enajenación en territorio nacional se configura cuando en él se realice la entrega material del bien por el enajenante. Lo anterior, derivado de que se efectúan dos operaciones para efectos del impuesto al valor agregado, una por la enajenación de bienes por un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en el país,mismos que son entregados en territorio nacional y por otra parte, la importación definitiva al país al extraer las mercancías del depósito fiscal.
2/2010/LIVA
Mercancías importadas conforme a la Regla 8a de las Complementarias de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, para efectos del pago del impuesto al valor agregado. Para los efectos de la Ley del Impuesto al...
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