Normatividad
Tiene por objeto establecer las medidas necesarias de prevención de los accidentes y enfermedades de trabajo,tendientes a lograr que la prestación del trabajo se desarrolle en condiciones de seguridad, higiene y medio ambiente adecuados para los trabajadores, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo ylos Tratados Internacionales celebrados y ratificados por los Estados Unidos Mexicanos en dichas materias.
En los centros de trabajo con cien o más trabajadores, el patrón deberá elaborar undiagnóstico de las condiciones de seguridad e higiene que prevalezcan en ellos, así como establecer por escrito y llevar a cabo un programa de seguridad e higiene en el trabajo que considere el cumplimientode la normatividad en la materia, de acuerdo a las características propias de las actividades y procesos industriales.
Aquellas empresas que no se encuentren en el supuesto del párrafo queantecede, deberán elaborar una relación de medidas preventivas generales y específicas de seguridad e higiene en el trabajo, de acuerdo a las actividades que desarrollen.
El programa y la relación demedidas generales y específicas de seguridad e higiene en los centros de trabajo a que se refiere este artículo, deberán contener las medidas previstas en el presente Reglamento y en las Normasaplicables. Asimismo, será responsabilidad del patrón contar con los manuales de procedimientos de seguridad e higiene específicos a que se refieren las Normas aplicables.
Lo dispuesto en el párrafoanterior, también será aplicable a los programas específicos de seguridad e higiene que se establecen en el presente Reglamento, los cuales deberán quedar integrados al programa de seguridad e higiene,...
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