La sala constitucional estableció que a los imputados y condenados por el delito de tráfico de drogas de menor cuantía pueden concedérseles fórmulas alternativas para el cumplimiento de las penasque le hayan impuesto Eligio Rojas.- La sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) estableció que a los imputados y condenados por el delito de tráfico de drogas de menor cuantía puedeconcedérseles fórmulas alternativas para el cumplimiento de las penas que le hayan impuesto. Esa posibilidad estaba negada porque desde el año 2001 la misma sala constitucional había considerado eltráfico de drogas como un delito de lesa humanidad. Ahora los magistrados de la Constitucional replantean dicho criterio según se lee en una sentencia publicada el pasado jueves e inserta dentro delexpediente número 11-0836, cuyo ponente es Juan Mendoza. "Esta sala estima que no es posible dar el mismo trato a todos los casos, en razón de que no todos los supuestos de los delitos que corresponden aesta sensible materia son iguales, ni el daño social", argumentaron los magistrados de la Sala Constitucional por ello abren la posibilidad de que los condenados por tráfico de drogas de menor cuantíapuedan optar a el trabajo fuera del establecimiento carcelario, o la libertad condicional por ejemplo. "Y de esta manera permitir que el Estado cumpla con las estrategias de transversalidad humanistaque apuntan a una reinserción social", sostiene la sala constitucional cuyos magistrados añaden que tales beneficios que han de otorgárseles a los condenados por delitos de drogas, no llevan a laimpunidad sino que se deben tomar atendiendo al derecho a la igualdad ante la ley y sobre la base de la distinción entre trafico de drogas de mayor y menor cuantía que quedo establecido en la reformahecha al Código Orgánico Procesal Penal en el año 2012. Pero aclaran que a las personas condenadas por el tráfico de drogas en mayor cuantía solo pueden obtener esos beneficios cuando hayan cumplido...
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