NotaPrensa N034 2015 1
Nota de Prensa N° 034-2015
DEVOLUCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA 2014 SE PODRÁ SOLICITAR POR INTERNET
Como todos los años, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria(SUNAT) ha puesto a disposición de las personas naturales la opción, en su portal institucional, para solicitar su devolución del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2014, siempre que tengasaldo a favor.
Esta facilidad está dirigida para los contribuyentes que alquilen bienes muebles e inmuebles (primera categoría), perciban ganancias de capital por acciones o valores (segundacategoría), así como para los que perciben rentas de trabajo por su trabajo independiente (cuarta categoría) y/o rentas de fuente extranjera.
Para ello, el contribuyente deberá utilizar el Formulario VirtualN° 1649 disponible en SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe), según lo establece la Resolución de Superintendencia N° 031-2015/SUNAT, publicada recientemente en el diario oficial.
El contribuyente tendráhabilitada esta opción siempre y cuando haya presentado a través de SUNAT Virtual su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2014 utilizando el Formulario Virtual N° 691, que estará disponible apartir del próximo 24 de febrero.
Como se sabe, la principal ventaja de presentar la solicitud de devolución por Internet es que permitirá a los contribuyentes realizar el trámite de una manera másrápida sin tener que acercarse a una oficina de la SUNAT. De no optar por esta opción, el contribuyente podrá utilizar el formulario físico N° 4949 y presentarlo en las oficinas del ente recaudador,según la jurisdicción que corresponda.
Conforme a lo establecido en el Código Tributario si el monto de los pagos a cuenta que se realizaron a lo largo de un ejercicio gravable excede el monto delimpuesto anual que corresponde abonar al contribuyente, según su declaración jurada anual, se debe consignar tal circunstancia en dicha declaración y la SUNAT, previa comprobación, devolverá el...
Regístrate para leer el documento completo.