Notarial

Páginas: 11 (2543 palabras) Publicado: 26 de diciembre de 2012
1.- Punto A. ARGUMENTO DETERMINANTE PARA LA PROCEDENCIA DEFENSA CASO ANTUNEZ MARIA c/ PAVANO VITO S/NULIDAD.

El argumento que resulta determinante fue la negligencia, ligereza, imprudencia e ineficacia con la que actúo en el ejercicio de su profesión el Escribano Luís R. Llorens en el acto de Compraventa relacionado con Escritura Nº 307 de fecha 7/8/1989, sobre el cual el Tribunal C. Civ yCom. Morón, Sala 2ª solicita su nulidad, basándose en que dicho Notario no cumplió con las prescripciones legales establecidas en los artículos 1.001 y 1.002, el primero establece que los escribanos deben dar fe de conocimiento de los otorgantes y en caso de que ello no fuera posible el articulo siguiente, expresa que el notario podrá valerse de dos testigos de conocimiento que le aseguren laidentidad de los otorgantes, siempre que el Notario a su vez conozca a éstos últimos. En el caso planteado el Escribano hizo comparecer a los vendedores quienes acreditaron su identidad ante él con documentos falsos y él dejó expresa constancia en la escritura que conocía a los comparecientes, siendo que no era así, ni efectuó otra medida tendiente a la identificación de las personas que se presentabaninvocando la identidad que él dijo conocer.
Y por último, no actuó con diligencia, prudencia e importancia al no controlar las graves diferencias señaladas en su oportunidad en el estudio de titulo previo realizado por la Escriba Cerrato y que le fuera encargado por dicho Notario, entre el testimonio y la matriz, en cuando al precio de venta y la titularidad dominial, no le dio relevancia,ni cotejó otras documentaciones o cualquier otra medida que su experiencia y la ley le requieren para efectuar su labor y tarea como notario con la mayor eficacia y la importancia de la fe publica que su participación implica.- Ante tales circunstancias, el Tribunal entendió que se trataba de diferencias sustanciales, por que lo que debió responder el Escribano Llorens solo civilmente, con el pagopor daños y perjuicios.-
1. Punto B.- DIFERENCIA RESOL.JUD. ACTIV.3 MODULO 2 Y CERIN JUAN Y OTROS c/ SUCESORES DE GREGORIO ANSOLAS –DEMANDA.

La diferencia entre distintas resoluciones, se presenta en que en la primera “CASO ANTUNEZ MARIA c/ PAVANO VITO S/NULIDAD” el escribano dio fe de conocimiento sobre la identidad de los comparecientes en una escritura pública, cuando no los conocía yquedó acreditado que el escribano Llorens había sido advertido en cuento a las diferencias alertadas por otra Escribana que había realizado el estudio de título, entre el testimonio y la matriz, en cuanto al precio y titularidad dominial y en el caso “CERIN JUAN Y OTROS c/ SUCESORES DE GREGORIO ANSOLAS –DEMANDA” es respecto al incumplimiento del Notario, por imperio de las disposiciones que regulan laactividad notarial…”(sic fallo citado) para dar certeza respecto del Objeto del Acto, por no haber realizado el estudio de titulo pertinente del cual tiene el deber jurídico calificado de estudiar los títulos a efectos del fiel y acabado cumplimiento del quehacer notarial. Hablamos de una obligación funcional y no de una simple técnica notarial, que deviene inexcusable para el profesional sin quesea menester una norma legal expresa o de una estipulación contractual. Dicha omisión por parte del escribano Ansalas llevó a realizar una escritura donde faltaba el consentimiento del señor Juan Cerín y Morgan (titular de una sexta parte) sin cuya voluntad no hubiera podido perfeccionarse la donación gratuita e irrevocable que el señor Juan Cerín realizó a favor de sus hijos y convirtiendo adicho acto en nulo.- La delicada labor que le compete al escribano público obliga a extremar los recaudos necesarios para asegurarse plenamente de la veracidad del acto que autentica.-





2). Punto 1.- RELACION CASOS EDIFICIO OLAZABAL S.R.L c/ C.AM. y ANTUNEZ MARIA C. c/ PAVANO VICTOR Y OTRO S/ NULIDAD DE ACTO JURIDICO.

En ambos fallos, el tema central de discusión, es la correcta...
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