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Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Golpear a una mujer no es un delito de bagatela: Corte Suprema – 21 de Mayo del 2013
Resolvió el caso de un juez que absolvió al agresor porque golpiza dio cinco días de incapacidad.
Catalogar cualquier acto de violencia contra las mujeres como "un delito de bagatela" y cerrar los casossin castigo a los agresores va en contra del derecho a las víctimas, advirtió a los jueces la Corte Suprema de Justicia en una sentencia en la que condenó a un hombre por golpear a su hermana y producir lesiones en su rostro que le valieron una incapacidad.
"En este caso particular, la protección a la agraviada ha de ser mayor, dado que se trata de una mujer, que por circunstanciasnaturales seencuentra físicamente en inferioridad de condiciones en relación con el hombre. De ahí que convenios internacionales a los que se ha adherido Colombia proclamen esa especial salvaguardia, de modo que conductas como la que da cuenta este proceso no pueden tildarsesin mayor reflexión de bagatela", indicó la Sala Penal de la Corte en el fallo.
La Corte, en una sentencia de casación, revocó la sentenciaincial del Juez Séptimo Penal de Cartagena que absolvió al agresor tras considerar que las lesiones que sufrió la mujer y el tiempo de incapacidad que le fue dictaminado no alcanzaban para imponerle una condena por el delito de lesiones personales.
Los hechos ocurrieron en agosto del 2006 en la Heroica. La víctima estaba en la Funeraria Lorduyjunto con su hijo y al ver que su hermano ingresaba alrecinto lo abordó y le reclamó por unas supuestas amenazas que estaba recibiendo en su correo electrónico. La discusión terminó en agresiones y el hombre reaccionó tomándoladel cabello y golpeándolaen el rostro y en el pecho.
Los golpes, según el dictamende Medicina legal, lesionaron su rostro y le valieron cinco días de incapacidad. Ella, de inmediato, instauró denuncia penal en contra de suhermano y se negó a conciliar con él. Con base en los testimonios de quienes se encontrabancon la mujer y el de su hijo -quien tuvo que llamar a la Policía para detener la agresión- el hombre fue acusado.
El proceso llegó a la Corte después de que el Tribunal Superior de Cartagena confirmara en segunda instancia la decisión del Juez Séptimo.
En la advertencia a los jueces, los magistrados dijeronque la jurisprudencia en Colombia ha establecido que en las decisiones judiciales se debe tener en cuenta siempre la protección de las víctimas en situacionesque implican la dignidad humana, tal como lo establece la Constitución y los tratados internacionales que ha suscrito Colombia.
En este caso consideraron que, "de conformidad con el dictamen médico legal practicado a la agraviada con ocasiónde los golpes que le infligió sin justificación alguna el acusado tuvo una incapacidad de cinco días, resultado que en criterio de la Sala no puede apreciarsede suma levedad, irrisorio o insignificante (...)".
La sentencia termina condenando al hombre a un año de prisión. Pero considerando que esta persona no tenía antecedentes judiciales y las lesiones que provocó a su hermana no revistenespecial gravedad, la Corte le concedió la excarcelación.
http://www.eltiempo.com/justicia/corte-suprema-dice-que-golpear-a-una-mujer-no-es-un-delito-de-bagatela_12812863-4
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