Notificación De Actos Administrativos
El artículo 16 numeral 1 de la ley 27444, ley del procedimiento administrativo general, dispone que el acto administrativo eseficaz a partir de que la notificación produce sus efectos.
En el artículo 20 numeral 1 de la misma ley se establece que las notificaciones serán efectuadas en el siguiente orden y de la siguienteforma:
• Notificación personal al administrativo interesado o afectado por el acto en su domicilio.
• Mediante telegrama, correo certificado, telefax, o cualquier otro medio que permitacomprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado por cualquiera de estos medios o expresamente por eladministrado.
• Por publicación en el diario oficial, y en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta.
4.- APLICACIÓN AL CASO EN CONCRETOInversiones Costa Náutica S.A.C. ha solicitado la nulidad de todo lo actuado, manifestando lo siguiente:
4.1.- Se debe desvirtuar la boleta de venta Nº 001-16821 de fecha 6 de junio de 2008, lamisma con la cual se pretende atribuir responsabilidad a su empresa (Inversiones Costa Náutica); sin embargo del contenido de dicha boleta, se deduce que la intervención fue realizada en el local dela Choza Náutica, siendo ambas empresas diferentes, por lo que las notificaciones son defectuosas.
4.2.- Las boletas de venta no acreditan la titularidad de un negocio, sino, únicamenteestán orientadas a acreditar la tributación que se realiza ante la Superintendencia de la Administración Tributaria - SUNAT, lo cual no es competencia de la comisión que emitió la resolución.4.3.- Una sola boleta no puede determinar al titular de un giro de negocio, por lo que dichos actos están causando un daño irreversible a su empresa.
4.4.- Todas las notificaciones han...
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