notificacion
58
20515288164
CORPORACION LIFE E.I.R.L.
59
20516115191
J.O OPERADOR LOGISTICO S.A.C.
60
20516781760
J & A IMPORTACIONES S.A.C
61
20518759079
CORPORACION HELEO SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA
62
20518930266
HEYKO REPRESENTACIONES SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA EN LIQUIDACION
63
20519006775
MATAHUASI METALES E.I.R.L.
6420519130948
PESQUEROS DEL PACIFICO SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA
65
20522156508
MARJORIE EXPORT S.A.C.
66
20522369242
METALES DEL IMPERIO INKA S.A.C.
67
20523130669
ROYAL GROUP SOCIEDAD ANONIMA
CERRADA
68
20523265084
CONSORCIO ROLAND PRINT & SERVICIOS
PLASTICOS
69
20524505275
CONSORCIO FRONOCCA
70
20525048056
IMPORTACIONES & EXPORTACIONESLAJITAS S.A.C.
71
20535628921
INDUSTRIAS YHASMINTEX S.A.C.
72
20535976377
GRUPO EMPRESARIAL DE COMERCIO Y
SERVICIOS OMEGA SOCIEDAD ANONIMA
CERRADA
73
20536629948
CONSTRUCTORA HERREÑA FRONPECA
SUCURSAL PERU
74
20536766422
AVICOLA FENIX S.A.C.
75
20537078821
PROSTRETCH S.A.C.
76
20537163691
S.M.L. INVERSIONES S.A.C.
77
20537369397TEXTILES EL BUEN PASTOR S.A.C.
78
20537461528
AGROPECUARIA NUESTRA SEÑORA DE
GUADALUPE S.A.C
79
20538317536
DISTRIBUIDORA LOS ANDES TRADING
S.A.C
80
20538447588
CREACIONES MAR FASHION C.A. S.A.C.
81
20538492702
CONSTRUCTORA Y SERVICIOS AMAZON
E.I.R.L
82
20538688518
CORPORACION FARBO SOCIEDAD
ANONIMA - CORPORACION FARBO S.A.
83
20543076164
CONGAEARTHWORKS TEAM SRL EN
LIQUIDACION
84
20544042476
INVERSIONES RADIAN SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA
85
20544399111
CORPORACION ANAI SOCIEDAD
COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
86
20546508090
COMERCIALIZADORA Y EXPORTADORA
SANTIAGO S.R.L.
87
20568122969
CONSORCIO CENTENARIO QUIPARACRA
1033134-1
Resolución de Superintendencia que
establece sujetos obligadosa llevar
los Registros de Ventas e Ingresos y
de Compras de manera electrónica
y que modifica la Resolución de
Superintendencia N° 286-2009/SUNAT
y la Resolución de Superintendencia N°
066-2013/SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 379-2013/SUNAT
Lima, 27 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 16 del artículo 62° del Texto Único
Ordenado (TUO) del Código Tributario,aprobado por
Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y norma modi catoria,
dispone que tratándose de los libros y registros contables u
otros libros y registros exigidos por las leyes, reglamentos
54
o resolución de superintendencia vinculados a asuntos
tributarios, la SUNAT establecerá los deudores tributarios
obligados a llevarlos de manera electrónica o los que
podrán llevarlos de esa manera.Agrega que en cualquiera
de los dos casos referidos en el considerando anterior, la
SUNAT mediante resolución de superintendencia señalará
los requisitos, formas, plazos, condiciones y demás
aspectos que deberán cumplirse para la autorización,
almacenamiento, archivo y conservación, así como los
plazos máximos de atraso de los mismos;
Que asimismo, el tercer párrafo del numeral 7 del
artículo87° del Código antes citado señala que cuando el
deudor tributario esté obligado o haya optado por llevar de
manera electrónica los libros, registros o por emitir de la
manera referida los documentos que regulan las normas
sobre comprobantes de pago o aquellos emitidos por
disposición de otras normas tributarias, la SUNAT podrá
sustituirlo en el almacenamiento, archivo y conservación delos mismos;
Que por otro lado, el primer párrafo del artículo 65°
del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado
por Decreto Supremo N.° 179-2004-EF y normas
modificatorias, dispone que los perceptores de rentas
de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales
no superen las 150 UIT deberán llevar como mínimo
un Registro de Ventas, un Registro de Compras y
Libro Diario de Formato...
Regístrate para leer el documento completo.