Notificaciones en materia fiscal
Personal, Correo certificado, Correo ordinario, Telegrama, La fecha en que se recibe la notificación.
Por estrados, Será la del decimosextodía siguiente al primer día en que se hubiera fijado o publicado el mismo.
Por edictos, Será la de la última publicación en el Diario Oficial de la Federación o en la página electrónica, según sea elcaso
Como deben contarse los plazos que señala la ley?
Las horas para la práctica de las diligencias (Art. 13 CFF), son las comprendidas entre las 7:30 y 18:00 horas. Se puede habilitar horas y díasinhábiles.
• Los días inhábiles (Art. 12 CFF) son los siguientes:
• Sábados y domingos
• 1ro. de enero
• 1er lunes de Febrero en conmemoración del 5 de febrero
• 3er lunes de Marzo enconmemoración al 21 de marzo
• 1 y 5 de mayo
• 16 de septiembre
• 3er lunes de Noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
• 25 de diciembre
• 1ro. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a latrasmisión del Poder Ejecutivo Federal
• Vacaciones generales de las autoridades fiscales
Momento en que surten sus efectos las notificaciones:
Artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, ilustra ensu parte conducente lo siguiente:
“Las notificaciones surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en que fueron hechas...
¿En qué lugares se puede notificar?
Articulo 136 Código Fiscal dela Federación.
• En las oficinas de las autoridades fiscales, las personas a quienes deba notificarse se presentan en las mismas.
• En el último domicilio que el interesado haya señalado para efectosdel Registro Federal de Contribuyentes, excepto que hubiera designado otro para recibirlas al iniciar alguna instancia o en el curso de un procedimiento administrativo.
• La notificación personal,realizada con quien deba entenderse, será legalmente válida aun cuando no se efectúe en el domicilio respectivo o en las oficinas de las autoridades fiscales.
• Cuando se notifique a sociedades en...
Regístrate para leer el documento completo.