NOTIFICACIONES FISCALES DE CAR CTER PERSONAL

Páginas: 5 (1011 palabras) Publicado: 6 de abril de 2015
No. Registro: 179,529
Tesis aislada
Materia(s): Administrativa
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXI, Enero de 2005
Tesis: IV.2o.A.112 A
Página: 1810

NOTIFICACIONES FISCALES DE CARÁCTER PERSONAL. ES ILEGAL UTILIZAR FORMATOS PARA SU PRÁCTICA, SI INCLUYEN PREIMPRESOS ASPECTOS RELATIVOS AL REQUERIMIENTO DEL INTERESADOO DE SU REPRESENTANTE, POR SER UN REQUISITO ESENCIAL PARA SU DEBIDO DESAHOGO.
Del artículo 137 del Código Fiscal de la Federación se deduce que, al practicarse una notificación personal, es necesario que se cumplan los requisitos siguientes: a) previamente, y como un presupuesto esencial, debe requerirse la presencia del interesado o su representante legal; tratándose de personas morales deberásolicitarse la presencia de su representante; b) si no se encuentra al interesado o al representante, se les dejará citatorio para que esperen a una hora fija del día siguiente; y c) si la persona interesada, o el representante no esperan a la cita, la notificación se practicará con quien se encuentre en el domicilio o, en su defecto, con un vecino. De ello se desprende que una de las formalidadesesenciales de ese tipo de notificaciones, es que se entiendan directamente con el interesado, o con su representante, y sólo en el evento de que no se encuentren en la fecha y hora precisados en el citatorio, procederá entender la diligencia con un tercero, circunstancias que deben hacerse constar de manera fehaciente en el acta respectiva, por tratarse de un elemento esencial de la diligencia,para lo cual es menester indicar con precisión la forma y términos en que se llevó a cabo el requerimiento de que se habla, así como las eventualidades que al respecto se conozcan en ese acto. Por tanto, es incorrecta la utilización de formatos previamente impresos, en los que ya se incluyan frases o expresiones que hagan alusión directa al requerimiento del representante legal y su ausencia en elsitio de la notificación, porque no integra un elemento general de la misma sino un requisito elemental para su debido desahogo, del que no podría percatarse el notificador sino hasta el momento en que realice la actuación. Luego, si la notificación personal se entendió con una tercera persona, y del acta relativa se desprende que contiene preimpresas cuestiones relacionadas con el requerimiento delrepresentante y su ausencia, es inconcuso que deriva en una actuación ilegal, pues al emplearse un formato elaborado con antelación, surge la duda sobre la coincidencia de lo expresado en esa acta y los hechos previamente asentados en la misma, acontecimientos que no se dan siempre y en todos los casos, sino que se trata de eventualidades futuras cuya realización precisa se conoce hasta elmomento en que la notificación se lleva a cabo. Ello obedece a que, si bien en las diligencias de notificación personal es posible el empleo de formatos previamente elaborados, con el fin de facilitar y agilizar las actividades de la autoridad fiscal, esas formas preimpresas únicamente deben contener elementos generales de la notificación, pero no cuestiones específicas de las que sólo puede cerciorarseel notificador en el instante mismo de la actuación. Lo anterior, a efecto de evitar la simulación de una notificación, toda vez que se trata de proteger la garantía individual de la inviolabilidad domiciliaria contenida en el artículo 16 constitucional, que también aplica al caso de las notificaciones, puesto que se trata de una intromisión a la vida privada de los hogares u otros sitiosprivados, inclusive a las negociaciones abiertas al público, que sólo puede realizarse mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos por el precepto constitucional señalado; razón por la cual, los artículos 137 y 138 del Código Fiscal de la Federación, encomiendan este tipo de formalidades a funcionarios que tienen una preparación jurídica, puesto que hacen referencia a "notificadores", y no...
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