Notificaciones
La notificación es el medio legal, por el cual la autoridad hacendaria da a conocer a un contribuyente o a un tercero el contenido de una resolución administrativa. Por lo tanto, toda notificación constituye un acto de comunicación, ya que en virtud de ella, la voluntad institucional de la autoridad es conocida por el destinatario de la misma, por lo tanto, esimportante conocer el concepto de la misma.
El diccionario de la Real Academia Española, define el concepto de Notificaciones como el “documento en que consta la resolución comunicada”. Asimismo, se puede entender como Terceros, la persona con la cual se celebra una diligencia.
Notificar, según el maestro Rafael de Pina Vara "es un acto mediante el cual, con las formalidades legalespreestablecidas, se hace saber una resolución judicial o administrativa a la persona quien se reconoce como interesada en su conocimiento o se le requiere para que cumpla un acto procesal". Podemos inferir de la definición anterior una de las características esenciales de las notificaciones es que son actos legales cuyo propósito es hacer saber una resolución a una persona. Nunca se menciona que talcomunicación deba ser en papel o por teléfono.
Otros autores definen la notificación como un Acto Jurídico Procesal ordenado por la Ley o por el Órgano Jurisdiccional, que debe satisfacer los requisitos legales, para hacer saber oficialmente las partes o terceros un acto procesal.
3. Tipos de Notificaciones
La forma de las notificaciones hace referencia a los medios establecidos por Ley, por las cualesse hacen efectivas las notificaciones.
El Código Fiscal Federal señala en su artículo 134, que las formas de las notificaciones de los actos administrativos son: Personalmente o por correo certificado o mensajes de datos con acuse de recibos, por correo ordinario o por telegrama, por estrados, por edictos y por instructivo.
3.1 Personalmente o por correo certificado
Señala el artículo 20 dela LPAG, que las notificaciones serán efectuadas a través de varias modalidades, siendo una de ellas la personal, que significa notificar –enterar- al administrado en su domicilio; es decir que no se entiende a la notificación personal como aquella efectuada de manera personal al sujeto, sino en el domicilio de la persona. Así señala el artículo 18 de la LPAG que la notificación personal podrá serefectuada a través de la propia entidad, por servicios de mensajería contratados.
En este mismo sentido, señala el artículo 104 del Código Tributario que, la notificación de los actos administrativos se realiza de manera indistinta de las siguientes formas: notificación por correo certificado o por mensajero en el domicilio fiscal, por medios de sistemas de comunicación electrónica, mediantepublicación en la página web de la Administración, mediante cedulón.
En relación al primer caso, por correo certificado o por mensajero, esta se debe efectuar en el domicilio fiscal, con acuse de recibo o con certificación de la negativa a la recepción efectuado por el encargado de la diligencia. Asimismo señala el contenido mínimo del acuse de recibo, que debe contener nombre y apellidos,denominación o razón social del deudor tributario, el número del RUC o número del documento de identificación que corresponda, el número del documento que se notifica, el nombre de quien recibe el documento y su firma, o la constancia de la negativa, la fecha en que se realiza la notificación. Hay que tener presente que la notificación efectuada de esta forma, se considerará válida mientras el deudortributario no haya comunicado el cambio del domicilio fiscal a la Administración Tributaria.
Asimismo, la notificación con certificación de la negativa de recepción se entiende realizada cuando el deudor tributario o el tercero a quien está dirigida la notificación o cualquier persona mayor de edad y capaz que se encuentre en el domicilio fiscal del destinatario rechace la recepción del mismo,...
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