Notiificacion del SII
Es la primera instancia del proceso, en que el SII le comunica al contribuyente que se iniciará una revisión de sus antecedentes, solicitándole la documentación necesaria.
En lasauditorías tributarias, el contribuyente tiene la obligación de poner a disposición del Servicio, la información que éste requiera.
a) ¿Qué sucede si el contribuyente no responde a la Notificación?Se debe tener presente que este incumplimiento eventualmente tipifica la conducta sancionada en el artículo 97 N°6 del Código Tributario, por entrabamiento a la fiscalización, y como consecuencia elServicio está facultado para notificar dicha infracción. En esta situación, el Servicio notifica por 2ª vez requiriendo los antecedentes, y esta vez bajo apercibimiento de apremio. En estacircunstancia, si el contribuyente no da cumplimiento al requerimiento, el Servicio está facultado para solicitar a la justicia ordinaria que aplique apremio al incumplidor de conformidad con lo que previenen losartículos 93º, 94º, 95º y 96º del Código Tributario.
RECUERDE
SI HA CAMBIADO DE DOMICILIO O REPRESENTANTE LEGAL, NO OLVIDE COMUNICAR ESTA MODIFICACIÓN EN LA OFICINA DEL SERVICIO QUE CORRESPONDA,DENTRO DE 15 DIAS HABILES. DE LO CONTRARIO SE EXPONE A LA APLICACION DE LA SANCION QUE ESTABLECE EL ARTICULO 97 N° 1 DEL CODIGO TRIBUTARIO.
SI NO RESPONDE A LA NOTIFICACION, EL SERVICIO REGISTRARA UNAANOTACION NEGATIVA PARA EL CONTRIBUYENTE POR INCONCURRENCIA, Y SI LA SITUACIÓN LO AMERITA SE LE INGRESARA EN LA NÓMINA DE DIFÍCIL FISCALIZACIÓN.
b) ¿Qué ocurre si el contribuyente responde a laNotificación?
Al hacer entrega el contribuyente de los antecedentes requeridos, el funcionario levantará un acta de recepción de la documentación y le hará entrega de una copia de ésta.
De la revisiónefectuada a sus antecedentes, tales como, declaraciones de impuestos, documentación contable (Libros, Registros, Documentación de Respaldo, etc.), inversiones, etc., es posible que ocurran los...
Regístrate para leer el documento completo.