Novacion
X cambio de causa.
2.- x q hubiere el cambio x un elemento accidental.
Un cambio de un deudor x otro.
En la epoca de justiniano hay la novacion.
Hay el cambio de laobligación hasta justiniano.
La novacion e sla sustitución de una obligación por ootra.
Ripper, consiste en la extinción dela noc¡vacion por la creacion de una remplazaa y q difiere de ñaprimera por un elemento nuevo.
La novacion es una forma de la extincion de las obligaciones.
EN E DERECHO FRANCES SEÑALA Q LA VOLUNTAD DE LAS POARTES DEB E DE COSNTAR EXPRESAMEMTE DONDE SEEXPRESE EL TITULO Y CONSTE A OBLIGA CION.
EL CONSENTIMIETNO PUEDE SER TACITO O EXPRESSO
El depositario tien la obligación de entregar el bien cuando se lo pidan.
CAUSA U OBJETO.Derecho aleman. Es la tranfromacion contractual de una deuda, en el derecho alemana o esta permitida, la novacion objetiva x causa, objeto.
Derecho Mexicano.
Se apega al concepto frances, perole añadieron el derecho aleman, se hablo dela no vacion por cambio de objeto, cambio de causa, .
Art 2213 c.c
La novacion e suna forma de extinguir la obligaciones por razon de la cual seextingue una obligación antigua, y nace una obligación nueva x algun cambio sustancial, acordada entre las partes, cuakes son los presupuestos de procedencia, en eld erecho dme xicANO SONTRES,POR CAMBIO DE CAUSA, DE OBJETO Y
REQUISITOS Q DEBDE CUNPLIR ESTA FIG JCA.
1.- LA EXISTENCIA DE UNA OBLÑOGACION PRIMITIVA.
PARA Q HAYA NOVACCION DEBDE DE EXISTIR UAN OBLIGACION Y DEBDE DESER VALIDA.
2.-
ANIMUS NOVANDI.
PUEDE SER EXPRESSO, DEBE HABER LA INTENCION
LA NOVACION S EPUEDE FDAR X CAUSA OBJETO, Y CONDICION.
Y ALGUNOS AUTORES INCLUYEN LA CAPACIDAD.
SU EFECTO ESEXTINGUIR LO PRINCIPAL CON SUS ACCESORIOS.
TIWENE LA OBLIGACION DE CERAR Y EXTINGUIR UNA OBLIGACION.
SU NAT JCA, ES UN CONVENIO LATU SENSU.
ART 2221. C .C
La Confusion.
Art 22206. Cc.c
Regístrate para leer el documento completo.