Ntom
NTON 05 004 - 01
NORMA TÉCNICA AMBIENTAL
ESTACIONES DE SERVICIOS AUTOMOTOR
Agosto– 01 1/12
NTON
05 004 - 01
NORMA TECNICA OBLIGATORIA NICARAGUENSE
Derecho de reproducción reservado
NTON 05 004-01
2/13
La Norma Técnica Nicaragüense 05 004-01 ha sido revisada y aprobada por el Comité Técnico para la
NORMA ESTACIONES DE SERVICIOS AUTOMOTOR y en su estudio y aportesparticiparon las
siguientes personas:
COMITE TECNICO DE NORMA ESTACIONES DE SERVICIOS AUTOMOTOR
Ing. Alba Lila Bermúdez
Ing. Ma. Jazmín Pérez
Arq. Leonardo Icaza
Ing. Evenor Masis
Ing. José Ma. Zamora A.
Ing. Jackson Tamariz N.
Ing. Ramón Barrios
Ing. Pedro J. Velásquez
Tnte. Héctor Coronado F.
Ing. Arcadio Choza
Ing. José Luis Rojas
Ing. Silvia E. Martínez
Lic. Nora Yescas P.Instituto Nicaragüense de Energía. INE
Instituto Nicaragüense de Energía. INE
Alcaldía de Managua.
ALMA
Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados INAA
Texaco Caribbean Inc..
Texaco Caribbean Inc.
ESSO Standard oil
Shell Nicaragua S.A
Dirección General de Bomberos de Nicaragua
Ministerio del Ambiente los Recursos Naturales MARENA
Ministerio del Ambiente los RecursosNaturales MARENA
Ministerio del Ambiente los Recursos Naturales MARENA
Ministerio del Ambiente los Recursos Naturales MARENA
La Norma Técnica de Estaciones de Servicios Automotor ha sido revisada y consensuada por el Comité
Técnico de Normas el día 26 de Marzo de 1998 y nuevamente revisada y aprobada el día 14 de Agosto
del 2001 en la sala de reuniones de la Dirección General de Calidad Ambiental(DGCA) del Ministerio
del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA).
NTON 05 004-01
3/13
El Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA) con fundamento en el Arto 8 Capitulo I
Titulo II de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales ( Ley 217) y en el Arto 3
Capitulo II Titulo I del Reglamento de la Ley General del Medio Ambiente y Recursos Naturales
(Decreto9-96) que delega en MARENA la facultad de expedir las Normas Oficiales Nicaragüenses en
materia de Ambiente y Recursos Naturales y
CONSIDERANDO
Que la ubicación y distancia, seguridad en las instalaciones, sistema de drenaje y control de sólidos y
líquidos, plan de abandono y cierre permanente de las Estaciones de Servicio Automotor deben de
reunir las condiciones de seguridad ambiental querequieren ser reguladas a fin de garantizar la
protección de la población y el medio ambiente.
Que habiéndose cumplido con los procedimientos establecidos por la Comisión de Normalización
Técnica y Calidad para la elaboración de Normas Técnicas Obligatorias Nicaragüenses, el presidente de
dicha Comisión ordenó la publicación de la Norma Obligatoria Nicaragüense NTON 05 004-01 en la
GacetaDiario Oficial, que establece las especificaciones técnicas ambientales para el funcionamiento
de las Estaciones de Servicio Automotor, se procede a expedir la siguiente norma:
NORMA TECNICA AMBIENTAL PARA LAS ESTACIONES DE SERVICIOS AUTOMOTOR
NTON 05 004-01
1.
4/13
OBJETO
Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones técnicas ambientales que deben cumplir
las Estacionesde Servicios Automotor, conocidas como Gasolineras.
2.
CAMPO DE APLICACION
La norma se aplicará a las Estaciones de Servicios Automotor, públicas y privadas, que expenden
derivados del petróleo, sea éste para consumo directo, distribución mayorista o minorista.
3.
DEFINICIONES
Para fines de interpretación de la presente norma se definen los siguientes términos:
3.1 Aguasresiduales. Son aquellas procedentes de actividades domésticas, comerciales, industriales
y agropecuarias que presenten características física - químicas o biológicas que causan daño a la
calidad del agua, suelo, biota y a la salud humana.
3.2
Aguas oleaginosas. Aguas que se encuentran mezcladas con aceites en concentraciones
mayores 20 Mg / lt.
3.3
Ampliación. Se considera como ampliación cuando...
Regístrate para leer el documento completo.