Nueva ley de amparo comentada

Páginas: 8 (1773 palabras) Publicado: 4 de marzo de 2014
JUICIO DE AMPARO INDIRECTO
QUEJOSA: GUADALUPE FAVELA BALOIS
VS
C. JUEZ SEGUNDO DE LO FAMILIAR
DEL DISTRITO JUDICIAL MORELOS
TERCER INTERESADO
C. ABEL MURILLO CATAÑO
C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
P R E S E N T E
C. GUADALUPE FAVELA BALOIS mexicana, mayor de edad, en ejercicio de la patria potestad de la menor BRISA IDALY MURILLO FAVELA y señalando como domicilio para oír y recibirnotificaciones el ubicado en C.IGNACIO DE LA LLAVE #1312 de la colonia centro de esta ciudad y autorizando como representante legal al LIC. LEOBARDO MONREAL ONTIVEROS EN LOS TERMINOS DEL ARTÍCULO 27 DE LA LEY DE AMPARO;
Por nuestro propio derecho como parte actora en el JUICIO DE CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR BAJO EL EXPEDIENTE NUMERO 1726/13 del Juzgado SEGUNDO de lo FAMILIAR del DistritoJudicial Morelos en el estado, Bajo protesta de decir verdad con el debido respeto acudo en términos del Artículo 114 y 116 de la Ley de Amparo, a interponer juicio de amparo indirecto en contra de los autos de fecha 27 de enero del 2014 y 7 de FEBRERO del 2014 en el que SE DA ENTRADA A INCIDENTE DE CANCELACION DE PENSION ALIMENTICIA Y/O DA NO A LUGAR DE CONFORMIDAD dictada por el Juzgado SEGUNDO DELO FAMILIAR de esta ciudad.

I. TERCERO PERJUDICADO
ABEL MURILLO CATAÑO, con domicilio en CALLE MINA PROVIDENCIA No. 1703-49 del FRACCIONAMIENTO VILLAS DEL REY.
II. AUTORIDAD RESPONSABLE
C. JUEZ SEGUNDO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL MORELOS, CON DOMICILIO EN CALLE BOLÍVAR #712. C.P. 31000, ZONA CENTRO EN ESTA CIUDAD.

III. ACTO RECLAMADO
Los autos de fecha 27 de enero del 2014 y 7de FEBRERO del 2014 en el que SE DA ENTRADA A INCIDENTE DE CANCELACION DE PENSION ALIMENTICIA Y/O DA NO A LUGAR DE CONFORMIDAD dictada por el Juzgado SEGUNDO DE LO FAMILIAR de esta ciudad
Solicito humildemente ante su señoría la aplicación de las siguientes tesis jurisprudenciales aplicables para el suscrito conforme al cuerpo del presente libelo de garantías

Novena época
Registro: 192097Instancia: pleno
Jurisprudencia
Fuente: semanario judicial de la federación y su gaceta
xi, abril de 2000
Materia(s): común
Tesis: p./j. 40/2000
Página: 32

Demanda de amparo. Debe ser interpretada en su integridad.
Este alto tribunal, ha sustentado reiteradamente el criterio de que el juzgador debe interpretar el escrito de demanda en su integridad, con un sentido deliberalidad y no restrictivo, para determinar con exactitud la intención del promoverte y, de esta forma, armonizar los datos y los elementos que lo conforman, sin cambiar su alcance y contenido, a fin de impartir una recta administración de justicia al dictar una sentencia que contenga la fijación clara y precisa del acto o actos reclamados, conforme a lo dispuesto en el artículo 77, fracción i, de laley de amparo.

Asi como trambien de la manera mas atenta y humilde la autoridad responsable del acto reclamado expida copia certificada de todo lo actuado con fundamento en la literalidad del articulo 149 de la ley de amparo que a la letra dice.

Articulo 149.- las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación dentro del termino de cinco días, pero el juez de distritopodrá ampliarlo hasta por otros cinco si estimara que la importancia del caso lo amerita. En todo caso, las autoridades responsables pendirán su informe con justificación con la anticipación que permita su conocimiento por el quejoso, al menos ocho días antes de la fecha para la celebración de la audiencia constitucional; si el informe no se rinde con dicha anticipación, el juez podrá diferir osuspender la audiencia, según lo que proceda, a solicitud del quejoso o del tercero perjudicado, solicitud que podrá hacerse verbalmente al momento de la audiencia.
Las autoridades responsables deberán rendir su informe con justificación exponiendo las razones y fundamentos legales que estimen pertinentes para sostener la constitucionalidad del acto reclamado o la improcedencia del juicio y...
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