Nuevos sistemas en chile

Páginas: 8 (1877 palabras) Publicado: 24 de mayo de 2013


POLITICA SANCIONATORIA 

L a comisión de infracciones a la ley tributaria es un hecho anómalo y grave que atenta contra los principios básicos en que se cimenta el ordenamiento tributario, en cuanto éste favorece la aplicación igualitaria y equitativa de los tributos; afectando, consecuentemente, la capacidad del Estado para cumplir sus funciones de administración pública y de provisión deservicios básicos de salud, seguridad y otros, lo que redunda en perjuicio, principalmente, de la población de menores recursos. 
También atenta contra el equilibrio en el orden público económico, así como en contra la buena fe de los contribuyentes que cumplen con el ordenamiento tributario, en el entendido que los demás proceden de la misma forma. 

POLITICA DE CONDONACIONES
Lacondonación es el perdón que el Estado, a través del Servicio de Impuestos Internos, concede a los contribuyentes que hayan incurrido en un hecho tipificado como infracción por el Código Tributario, del total o parte de la sanción que les corresponda afrontar en razón de aquella. 
Este beneficio, procederá respecto de los contribuyentes que reconociendo la infracción cometida, manifiesten unarrepentimiento eficaz, demostrado en la intención de enmendarse, cumplir con las exigencias que al efecto se le plantean por la administración tributaria y, en su caso, solucionar las irregularidades impositivas que tuviere pendientes con el Fisco.




REQUISITOS
Por aplicación de lo dispuesto en la parte final del artículo 106º del Código Tributario, los contribuyentes que autodenuncien lasinfracciones en que han incurrido o que denunciados por los funcionarios del Servicio, confiesen la contravención en que han participado y se allanen a pagar la multa, se harán acreedores a las condonaciones que se indican en esta Circular, siempre que se cumplan, copulativamente, los siguientes requisitos: 
a) Que se trate de las infracciones contempladas en el artículo 97 números 6, 7, 10, 15, 16, 17,19, 20 y 21, o en el artículo 109, ambos del Código Tributario. 
Por excepción, no procederá acoger a este procedimiento las infracciones siguientes: 
      Las contempladas en el inciso primero del Nº 16, mencionado, cuando hubieren sido calificadas como “compleja” por el respectivo Director Regional. 
     Las referidas en el N° 20, en los casos en que el contribuyente hubiere deducidoreclamo en contra de la liquidación de impuestos originados en los hechos infraccionales a que se refiere la denuncia. 
     Las sancionadas por el artículo 109º del Código con un porcentaje del impuesto eludido. 
b) Que el infractor se autodenuncie o que denunciado por los funcionarios del Servicio no deduzca “reclamo”; 
c) Que no haya dado maltrato de hecho o de palabra al funcionario queefectúa la denuncia; 
d) Que no se encuentre denunciado, querellado o condenado por delito tributario; 
e) Que concurra a la Unidad del Servicio correspondiente el día que le haya señalado el funcionario denunciante; 
f) Que no se encuentre observado en el sistema computacional del Servicio; y 
g) Que no esté en mora en la declaración y/o pago de impuestos que fiscaliza el Servicio, ni enel pago de multas que éste le haya aplicado. 
Lo dispuesto en las letras f) y g), precedentes, no será exigible en los casos en que el interesado subsane las objeciones pertinentes en los plazos y condiciones que le fije el Servicio. 

CONDICIONES
Las condonaciones que se otorguen se sujetarán a las condiciones que no se interpongan recursos o se reclame en contra de la Resolución queaplica las sanciones; que la multa rebajada se pague dentro del plazo que se señale y que el interesado acredite el pago oportuno de la multa dentro de los plazos que le indique el Servicio de Impuestos Internos. 
El pago oportuno de la multa rebajada deberá acreditarse exhibiendo el correspondiente comprobante de pago y acompañando, en el mismo acto, fotocopia de dicho comprobante. 
SANCION POR...
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