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ACCION DE TUTELA-Improcedencia por cuanto el actor cuenta con el recurso de habeas corpus
DEBIDO PROCESO-Decisiones deben ser en plazo razonable
PRINCIPIO DE CELERIDAD Y EFICIENCIA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA-Regulación internacional
ACCION DE TUTELA EN PROCESO PENAL-Improcedencia por cuanto el retraso se encuentra justificado ante la congestión judicialReferencia: expediente T-2242657
Acción de tutela instaurada por Rufino Gélvez Colmenares, contra el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tunja
Procedencia: Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia
Magistrado Ponente:
DR. NILSON PINILLA PINILLA
Bogotá, D. C., cinco (5) de agosto de dos mil nueve (2009).
La Sala Séptima de Revisión de la CorteConstitucional, integrada por los magistrados Nilson Pinilla Pinilla, Humberto Antonio Sierra Porto y Jorge Iván Palacio Palacio, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
En la revisión del fallo adoptado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por medio del cual fue confirmado el proferido por la Sala Penal del TribunalSuperior de Tunja, dentro de la acción de tutela instaurada por Rufino Gélvez Colmenares, contra el Juzgado Penal del Circuito Especializado de esa ciudad.
El expediente arribó a la Corte Constitucional por remisión efectuada por la secretaria de la referida Sala de Casación, en virtud de lo ordenado por el inciso final del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991. La Sala Cuarta de Selección deTutelas de esta corporación eligió en abril 23 de 2009, para efectos de su revisión, el asunto de la referencia.
I. ANTECEDENTES.
Mediante apoderado, el señor Rufino Gélvez Colmenares promovió acción de tutela en diciembre 16 de 2008, contra el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tunja, reclamando la protección de su derecho al debido proceso, según los hechos que a continuación sonresumidos.
A. Hechos y narración efectuada en la demanda.
La apoderada del señor Gélvez Colmenares indicó que su poderdante se encuentra privado de la libertad desde junio 8 de 2005, en el Centro Penitenciario de Alta Seguridad de Cómbita (Boyacá), sin que el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tunja haya dictado sentencia, “a pesar de haberse realizado audiencia pública los días 26 dejulio, 31 de agosto y 22 de septiembre de 2006”.
Afirmó que la detención “se convirtió en arbitraria” al prolongarse por más de 26 meses, sin que se haya proferido el respectivo fallo, conculcándose el derecho a un debido proceso sin dilaciones injustificadas.
Bajo tales argumentos, señaló como “perentorio otorgar la libertad” al accionante, en aplicación del numeral 2° del artículo 365de la Ley 600 de 2000, pues de llegar a ser condenado por cualquiera de las conductas imputadas, “en este momento tendría derecho a la libertad por pena cumplida si se computa el término efectivo de detención física a partir del 8 de junio de 2005 y hasta la fecha, adicionándose las horas de estudio y trabajo debidamente certificadas y que se aportan con esta tutela”.
Planteó entonces que alseñor Gélvez Colmenares se le ha conculcado el derecho al debido proceso, los términos legales han sido desconocidos y se encuentra detenido arbitrariamente. Así, realzó la obligatoriedad no sólo de que se dicte sentencia, “sino que se le otorgue la libertad provisional para resarcir al menos en un mínimo el daño irreparable que se le ha causado por la negligencia del funcionario que debía haberfallado el proceso hace más de dos años”.
Igualmente, como medida provisional pidió la libertad inmediata de su procurado, “teniendo en cuenta que lleva en prisión más de 40 meses físicos, aproximadamente 13 meses redimidos por conducta ejemplar; lleva más de 24 meses esperando fallo y además dentro del proceso no existen pruebas contundentes que ameriten fallo condenatorio; pero en el evento de...
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