Nulidad de despido. tipo. yieninson hernàn yapur cortez 2009
PROCEDIMIENTO : ORDINARIO DEL TRABAJO
MATERIA : NULIDAD DEL DESPIDO Y OTROS
DEMANDANTE : CONRAD SCHUMACHER DROGUET
R.U.T. : 07.811.776-1.
DEMANDANTE : MARIANO MURATORI SANTIBÁÑEZ
R.U.T. : 05.390.626-5.
DEMANDANTE : RAÚL EDUARDO LORCA MERINO
R.U.T. : 09.963.480-4.
DEMANDADO : PRODUCCIONESÓPTIMA S.A.
R.U.T. : 76.596.050-9
REPRESENTANTE LEGAL: JOSÉ BERNARDO CARRASCO ARAVENA
R.U.T. : 06.922.887-9.
ABOGADO PATROCINANTE: YIENINSON HERNÁN YAPUR CORTEZ
R.U.T. : 10.477.588-8.
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EN LO PRINCIPAL: NULIDAD DEL DESPIDO. EN EL PRIMER OTROSI: DEMANDA EN JUICIO ORDINARIO DEL TRABAJO. EN ELSEGUNDO OTROSI: ACREDITA PERSONERÍA. EN EL TERCER OTROSÍ: PATROCINIO Y PODER.
S.J.L. DEL TRABAJO
Yieninson Hernán Yapur Cortez, abogado, en representación, como se acreditará de Conrad Schumacher Droguet, contador, Mariano Muratori Santibáñez, ingeniero, y Raúl Eduardo Lorca Merino, empleado, todos domiciliados, para estos efectos, en calle San Martín Nº 133, Oficina “E”, Santiago, aS.S. con todo respeto digo:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo y en la representación que invisto, deduzco demanda en juicio ordinario en contra de “Producciones Óptima S.A.”, del giro de su denominación, representada legalmente por don José Bernardo Carrasco Aravena, factor de comercio y gerente, ambos domiciliados en calle Estado Nº 337,Oficina 812, Santiago, de acuerdo con los siguientes antecedentes de hecho y de derecho que paso a exponer:
Don Conrad Schumacher Droguet ingresó a trabajar para la demandada, a fin de desarrollar labores de Asesor del Departamento (Sección) INMOBILIARIO, el día 10 de Febrero 2010, labor que desempeñó ininterrumpidamente hasta el día 20 de Julio del 2010, fecha en que fue despedido mediantecarta que le entregó personalmente el Gerente don José Bernardo Carrasco Aravena, por supuesta “Fuerza Mayor” de conformidad con el artículo 159 Nº 6 del Código del Trabajo. Su remuneración mensual era fija, y ascendía a $ 1.500.000. (Un Millón Quinientos Mil Pesos), más la suma de $ 375.000. (Trescientos Setenta y Cinco Mil Pesos) por concepto de gratificación anual que se le calculaba, liquidaba ypagaba anticipadamente todos los meses conjuntamente con su sueldo, con una jornada de trabajo sin requerimiento de horario, atendido su cargo de confianza, teniendo su “Contrato de Trabajo” una duración fija de dos años a partir del 10 de Febrero del año 2010.
No fue pagada su cotización previsional en la A.F.P. PLAN VITAL por el mes de Junio del año 2010, por lo cual a la fecha de laterminación de su “Contrato de Trabajo” éstas no se encontraban al día, de acuerdo a la documentación pertinente que se acompañará oportunamente. Según lo dispuesto en el artículo 162 inciso 5º del “Código de Trabajo”, el empleador no dio cumplimiento al informe por escrito (veraz y completo) del estado de pago de la cotización previsional devengada hasta el último día anterior al despido, como tampocoal pago íntegro de ella.
Don Mariano Muratori Santibáñez ingresó a trabajar para la demandada, para desarrollar labores de Gerente de Operaciones y Finanzas, con fecha 10 de Febrero del año 2009, labor que desempeñó ininterrumpidamente hasta el día 20 de Julio del 2010, fecha en que fue despedido mediante carta que le entregó personalmente el Gerente don José Bernardo Carrasco Aravena, porsupuesta “Fuerza Mayor” de conformidad con el artículo 159 Nº 6 del Código del Trabajo. Su remuneración mensual era fija, y ascendía a $ 2.000.000. (Dos Millones de Pesos), más la suma de $ 500.000., por concepto de gratificación anual pactada con la demandada y que debía pagarse mensualmente conjuntamente con su sueldo, exento de cumplir con una jornada de trabajo fija, atendido el cargo de...
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