nulidad: efecto de la prueba obtenida ilegalmente
….. LA GRITA, MUNICIPIO JAUREGUI DEL ESTADO TACHIRA, A LOS DEICIOCHO DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
En esta misma fecha, siendo las ocho horas con veinte minutos (20:20) de la noche, compareció, por ante este despacho el Funcionario Agente de Investigación II COLMENARES TORO EFREN JOSÉ, adscrito a esta Sub Delegación, quien estando debidamente juramentadoy de conformidad con lo establecido en el artículo 110, 111, 112, 113, 169 y 303 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 40, 48, 49 y 50 con ordinal 1, del Decreto con Valor, Rango y Fuerza de Ley del servicio de Policía de Investigación; el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forense; se dejaconstancia de la siguiente diligencia practicada en la presente averiguación: “Siendo las seis horas con cincuenta y cinco minutos (18:55) de la tarde, encontrándome en labores de operativo de disuasivo relacionado con casos de Homicidio, Hurto y Robo, Hurto y Robo de Vehículos Automotores, Droga, por los diferentes sectores y localidades Jurisdicción de esta Sub Delegación, específicamente en elCasco Central, Calle 02 entre carreras 07 y 08, Vía Pública, de la localidad de Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira, en compañía de los Funcionarios. Detectives: Reinaldo BELTRAN y José VIVAS, Agentes de Investigación Rodolfo TORRES, Douglas MONCADA y Reiber GONZALEZ, en la unidad identificada, P-30413; y la unidad identificada Motocicleta Kawasaki, sin Matriculas, logramos avistar aun ciudadano de piel blanca, contextura delgada, quien portaba como vestimenta, una franela de color azul, de tonalidad clara, un pantalón del tipo jeans de color azul, .a bordo de un vehículo automotor clase: Motocicleta, de color negro, el cual al observar la presencia de la Comisión Policial demostró una actitud nerviosa y sospechosa, por lo que optamos a darle la voz de alto, emprendiendo dichociudadano una veloz huida, procediéndose al seguimiento por los funcionarios de este cuerpo, dejando constancia que a escasos metros dejo abandonado el vehículo automotor, logrando ingresar a una vivienda constituida por paredes frisadas en cemento, revestida en pintura de color amarillo, la cual presentaba un acceso protegido por una puerta elaborada en metal, de una hoja, del tipo batiente,revestida en pintura de color azul, ubicada en la dirección antes mencionada y desprovista de número catastral, así mismo logramos ingresar a la vivienda antes mencionada, percatándonos que la misma funge como local destinado para trabajo de peluquería, interviniendo policialmente al referido ciudadano en el área destinada para tal fin, quien quedo identificado como: DUQUE VIVAS EDGAR ALEJANDRO, denacionalidad: Venezolana, natural de: San Cristóbal, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, nacido en fecha: 27-Octubre-1989, de 23 años de edad, de estado Civil: Soltero, de profesión u oficio: Albañil, hijo de Padre: Duque Duque Luis Gerardo y Madre: Luz Marina Vivas De Ramírez, residenciado en la vivienda en cuestión, ubicada en la dirección antes referida, con teléfono de ubicación:0426-977.57.47, titular de la cédula de identidad V-20.288.200, de igual manera en el interior de la residencia se encontraba un ciudadano quien manifestó ser el progenitor del intervenido quien quedo identificado como: DUQUE DUQUE LUIS GERARDO, de nacionalidad: Venezolana, natural de: Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira, nacido en fecha: 21-Julio-1963, de 49 años de edad, de estado...
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