NULIDAD
SECRETARIO: CHAHUARA
CUADERNO: PRINCIPAL
Sumilla:APERSONAMIENTO
TENGASE PRESENTE LA NULIDAD FORMAL DE LAS LIQUIDACIONES PARA COBRANZA
SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LIMA SUR:
DISTRIBUIDORA MAXIMO SANCHEZ SRL debidamente registrada con RUC20509178438 representada por su gerente general don Fernando Sánchez con DNI 28850201 con domicilio real y procesal en Av. De los Héroes 1390, San Juan de Miraflores, en los seguidos por PROFUTUROAFP, a Ud atentamente dice:
Que habiendo tomado conocimiento de la demanda que nos ha iniciado AFP PROFUTURO, y a fin de evitar futuras nulidades, SOLICITAMOS al juzgado tener por ofrecidos nuestrospresentes argumentos que pasamos a exponer; de acuerdo al principio rector del proceso que corresponde al principio enmarcado en el Título Preliminar del Código Procesal Civil, Juez y Derecho, queindica que el magistrado debe aplicar el derecho así no haya sido invocado por las partes o así haya sido invocado incorrectamente, según paso a exponer:
1.- El artículo 37º del Decreto Supremo054-97-EF especifica el contenido de las Liquidaciones para Cobranza, el mismo que refiere:
“Artículo 37.- Corresponde a las AFP determinar el monto de los aportes adeudados por el empleador a que serefiere el Artículo 30 precedente y proceder a su cobro. Para tal efecto, las AFP emitirán una Liquidación para Cobranza, sin perjuicio de seguir el procedimiento administrativo previo que establezcamediante Resolución la Superintendencia de AFP, con las formalidades requeridas, la misma que constituye título ejecutivo.
La Liquidación para Cobranza tendrá el siguiente contenido:
a) Denominación dela AFP y nombre y firma del funcionario que practica la liquidación;
b) Nombre, razón social o Denominación del empleador;
c) Los períodos de aportación a los que se refiere;
d) El nombre de los...
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