OBJETO
Artículo 1.- Esta Ley tiene por objeto establecer las normas que regulan el deber que tienen todos los venezolanos y venezolanas de cumplir el servicio militar,necesario para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública, según lo establecido en la Constitución de la República, así como lasdemás obligaciones relacionadas con la materia.
EDAD MILITAR:
Artículo 4: El período durante el cual los venezolanos y venezolanas tienen obligaciones militares se denominadEDAD MILITAR y está comprendido entre los dieciocho y los sesenta años de edad.
INSCRIPCION EN EL REGISTRO MILITAR:
Artículo 56: Los venezolanos y venezolanas tienen el deber deinscribirse en la Junta de Conscripción más próxima a su residencia o domicilio, dentro de los 90 días siguientes a la fecha en la cual cumplen la mayoría de edad y los que esténresidenciados en otros países deben hacerlo a través de las representaciones diplomáticas o consulares acreditadas por la República de Venezuela.
Artículo 57: Los venezolanos yvenezolanas por naturalización, cuya edad esté comprendida entre los 18 y los 60 años, están en la obligación de presentarse ante la Junta de Conscripción de su residencia, dentro delos 90 días siguientes a la fecha de su naturalización y pertenecerán a la clase del año en que cumplieron los 18 años.
El Ministerio del Poder Popular para la Defensa es unorganismo del Estado venezolano encargado de coordinar, controlar, administrar y supervisar las operaciones y actividades de los 5 componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.Tiene su origen en el Despacho de Guerra y Marina creado el 25 de abril de 1810 por la Junta Suprema de Caracas y su primer secretario fue el Capitán de Fragata Lino de Clemente.
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