OBLIGACIONES ALTERNATIVAS
BENEFICIOSAS PARA EL DEUDOR.
Según el artículo 1556 del código civil colombiano, las obligaciones alternativas son aquellas por las cuales se deben varias cosas, de talmanera que la ejecución de una de ellas exonera la ejecución de las otras. En términos más claros, es la figura que permite al deudor cumplir la obligación de varias maneras para el final cumplirla deuna sola forma. Ejemplo, deudor debe pagar precio de una compraventa con una motocicleta o por el precio de $800.000.
La elección de las alternativas de pago es acordada por las partes, en lamayoría de los casos son establecidas por el deudor y aceptadas por el acreedor. En caso de que las ofertas presentadas por el deudor no gusten al acreedor, este último tiene la posibilidad de exigir lasformas de cumplir con la obligación.
Generalmente se piensa que esta clase de obligaciones son una forma de favorecer a las partes, pues si bien es claro, el deudor tiene más formas de cumplir y elacreedor tiene un nivel de certeza alto de que la obligación se cumplirá pues las formas de pago son varias causando que la desconfianza por el incumplimiento de lo pactado disminuya. Pero jurídicamentehablando, ¿la ley civil colombiana es equitativa al momento de regular las partes con esta clase de obligación?
Jurídicamente hablando, el artículo 1559 del código civil establece que el deudor enprincipio tiene la posibilidad de elegir las alternativas de pagar la obligación, pudiendo el acreedor rechazarlas si no le satisfacen y establecer sus propias medidas para el cumplimiento de laobligación. Aunque la ley permite al acreedor establecer las reglas de juego, en la práctica es muy inusual que el este escoja las alternativas de cumplimiento de la obligación, pues es la desconfianzahacia el deudor y el deseo de no perder lo invertido las razones que impulsan a brindar facilidades para que quien debe cumpla.
El artículo 1561, establece que si por culpa del deudor se destruyen las...
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