Obligaciones tributarias de los centros educativos en guatemala
AGOSTO, 2010
CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS
Los Centros Educativos privados funcionan bajo la inspección del Estado, están obligados a llenar, por lo menos, los planes y programas oficiales de estudio. Como Centros de Cultura gozarán de la exención de toda clase de impuestos y arbitrios.
Artículo 73 Constitución Política República de GuatemalaEXENCIÓN
Es la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria, que la ley concede a los sujetos pasivos de ésta, cuando se verifican los supuestos establecidos en dicha ley. Si concurren partes exentas y no exentas en los actos o contratos, la obligación tributaria se cumplirá únicamente en proporción a la parte o partes que no gozan de exención.
Artículo 62. CódigoTributario
ALCANCE DE LAS EXENCIONES
Las exenciones y beneficios tributarios que se otorguen serán aplicables, exclusivamente, a los contribuyentes que realicen en forma efectiva y directa, actividades, actos o contratos que sean materia u objeto específico de la exención o beneficio y mientras cumplan con los requisitos legales previstos en las leyes que los concedan. En ningún caso losbeneficios obtenidos podrán transferirse a terceros por ningún título.
Artículo 65 Código Tributario
CLASES DE EXENCIONES
Objetiva:
Son aquellas circunstancias que están directamente relacionadas con los bienes que constituyen la materia imponible, sin influencia alguna del sujeto pasivo de la obligación jurídico tributaria. No considera al sujeto en particular, pero si a los bienes que son de supropiedad. Por ejemplo en el IVA: * Las importaciones de bienes muebles efectuadas por las cooperativas…
Artículo 7 numeral 7, Decreto 27-92
CLASES DE EXENCIONES
Subjetiva:
Son aquellas en que la circunstancia neutralizante es un hecho o situación que se refiere directamente a la persona del destinatario legal del tributo, por lo que lo identifica plenamente y se considera un beneficiopara el sujeto en particular. Por ejemplo en el IVA * Centros educativos públicos y privados. * Universidades autorizadas
Artículo 8 numerales 1 y 2, Decreto 27-92
CLASES DE EXENCIONES
• Constitucionales: Son las que se encuentran incorporadas en la Constitución Política de cada Estado o País. Los centros educativos privados funcionarán bajo la inspección del Estado. Como centros de culturagozarán de la exención de toda clase de impuestos y arbitrios.
Art. 73 Constitución Política República de Guatemala
LEYES ORDINARIAS
• Son aquellas dictadas por el Congreso de la República en cumplimiento de las atribuciones que le concede el artículo 171 de la Constitución Política de la República.
Ejemplo: Ley del Impuesto al Valor Agregado En los artículos 8 y 9, exenciones especificas yRégimen de Exenciones Especificas.
INSCRIPCIÓN EN EL RTU
Todas las personas naturales o jurídicas, independientemente de que estén afectas o no al pago de impuestos, deben inscribirse en el Registro Tributario Unificado -RTU-, de la Superintendencia de Administración Tributaria, sin importar la temporalidad o permanencia en que ejercerán su respectiva actividad.
INSCRIPCION DECONTRIBUYENTES
Inscripción de contribuyentes y responsables. Todos los contribuyentes y responsables están obligados a inscribirse en la Administración Tributaria antes de iniciar actividades afectas. Para toda inscripción, los contribuyentes o responsables deberán presentar solicitud escrita ante la Administración Tributaria, que deberá contener como mínimo lo siguiente:
Artículo 120 del CódigoTributario
INSCRIPCION DE CONTRIBUYENTES
a) Nombres y apellidos completos de la persona individual, razón social o denominación legal y nombre comercial, si lo tuviere. b) Nombres y apellidos completos del representante legal de la persona jurídica o de los contribuyentes citados en el artículo 22 y de las personas que, de acuerdo con el documento de constitución o sus reformas, tengan la calidad...
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