Obligaciones
. En primer lugar, conviene señalar que el contrato de fiducia mercantil implica, como aspecto esencial, la transferencia de los bienes afectos al cumplimiento de una finalidad determinada (al parecer, en este caso, la administración y construcción de unidades inmobiliarias) y comporta el surgimiento de un patrimonio autónomo deslindado del resto del activo del fiduciariosujeto a dicha finalidad.
Al respecto, el artículo 1226 del Código de Comercio dispone:
"La fiducia mercantil es un negocio jurídico en virtud del cual una persona, llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más bienes especificados a otra, llamada fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste ode un tercero llamado beneficiario o fideicomisario.
Una persona puede ser al mismo tiempo fiduciante y beneficiario.
Sólo los establecimientos de crédito1 y las sociedades fiduciarias, especialmente autorizadas por la Superintendencia Bancaria, podrán tener la calidad de fiduciarios" (resaltamos).
En tal sentido cabe señalar en cuanto a la celebración del contrato de fiducia que ni elCódigo de Comercio ni tampoco el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero -EOSF2- exigen el cumplimiento del requisito de solemnidad para su perfeccionamiento3, salvo que en tratándose de la transferencia de bienes sometidos a registro ellos deban sujetarse a tal formalidad sin que sea necesario documentarla por escritura pública.
FIDUCIA DE INVERSION
La Fiducia de Inversión es una figura en la cualFiduciaria Corficolombiana recibe recursos en efectivo por parte de su empresa, para administrarlos de acuerdo a sus necesidades e instrucciones. Teniendo en cuenta lo anterior, Fiduciaria Corficolombiana le ofrece dos opciones: sus recursos entran a hacer parte de nuestros fondos ó constituye con los mismos un Fideicomiso de inversión específico.
De esta manera, usted puede realizar múltiplestransacciones, mientras sus recursos permanecen al cuidado de profesionales expertos que se encargan de que éstos produzcan una excelente rentabilidad.
FIDUCIA EN GARANTIA
consulta si una sociedad fiduciaria, gestora de un fideicomiso en garantía, puede exigirle a usted (siendo la única beneficiaria de un certificado de garantía expedido con cargo a dicho patrimonio autónomo) allegar "(…) losdocumentos con base en los cuales le fue expedido el certificado, cuando dicha obligación de presentar los documentos, no aparece ni en la ley comercial patria ni en el texto del negocio jurídico de la fiducia?", máxime cuando el beneficiario, en su sentir, no hace parte del contrato sino simplemente ostenta la condición de tercero del mismo.
Indaga igualmente si existe norma legal oadministrativa alguna que imponga a los beneficiarios de los contratos de fiducia aportar la documentación antes señalada en procura del pago del certificado.
Sobre el particular, resultan procedentes los siguientes comentarios:
En primer lugar, conviene señalar que esta Superintendencia no está facultada, ni a título de consulta ni con ocasión de la solicitud de instrucciones efectuadas por el gestorfiduciario con fundamento en el numeral 5º del artículo 1234 del Código de Comercio, para entrar a interpretar las estipulaciones de las partes contratantes, ni a determinar el alcance de los derechos y obligaciones en un negocio fiduciario concreto, ni tampoco a calificar o determinar eventuales responsabilidades derivadas de esa clase de relaciones jurídicas1.
FIDUCIA INMOBILIARIA
Naturalezajurídica de la fiducia inmobiliaria. Compromisos generalmente asumidos por las sociedades fiduciarias en desarrollo de contratos de fiducia inmobiliaria. El desarrollo de proyectos de vivienda de interés social en virtud de un negocio fiduciario.
«(…) consulta si la Fiduciaria (…) S.A., de conformidad con su objeto social, le está permitido legalmente suscribir contratos para la construcción de...
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